DECRETO SUPREMO N° 14994
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la H. Alcaldía Municipal de la ciudad Benemérita de Charagua segunda Seccción de la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, ha presentado proyecto de Ordenanza de Patentes e Impuestos a consideración del Consejo Nacional de Economía y Planificación.
Que, los organismos técnicos de los Ministerios de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, han elaborado informe y proyecto sustitutivo de la referida Ordenanza.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la Ordenanza de Patentes é Impuestos de la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad Benemérita de Charagua, segunda Sección de la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, para la gestión de 1977, en sus siguientes 20 párrafos y 129 items.
CATEGORIAS $b.
$b
ITEM.
DETALLE
1ra.
2da. 3ra. 4ta.
Patente Fija
Párrafo "A" Profesionales
Patentes Mensual
1.-
Auditores, financieros, economis-
tas, ingenieros, arquitectos y mé-
dicos………………………………….
12.-
10.- -.- -.-
2.-
Abogados, agrónomos, veterinarios
contadores, dentistas, farmaceuticos,
químicos y bioquímicos
10.-
8.- -.- -.-
Agrimensores, topógrafos, mecá-
nicos dentales, y otros, inclusive
técnicos médicos………………….. … … … …
10.-
8- -.- -.-
Párrafo “B” Actividades Comer-
ciales
Patentes Mensuales
Puestos distribuidores de kerose-
ne…………………………………….
5.-
Vendedores de carburantes y/o
6.-
4.- -.- -.-
lubricantes, en puestos fijos o
kioscos. … .. .. .. .. .. .. ..
6.-
Almacenes de venta de productos
10.-
5.- -.- -.-
de granja (aves, miel de abejas.).
20.-
15.- -.-
Barracas de venta de maderas ..
30.-
25.- -.- -.-
Casas de venta de discos musica-
les… … … … … … … … … … … ..
50 .-
30.- -.- -.-
9.-
Casas de venta de materiales de
construcción:
Cal, estuco.. … … … … … . . . … … .
10.-
8.- -.- -.-
Además con cemento ….. … .
15.-
10.- -.-
c) Tubos, mosaicos y artefacto
sanitarios con cemento … .. .. .. .
25.-
15.- -.- -.-
10.-
Fríales en general .. .. .. .. ..
30.-
20.- -.- -.-
Comerciantes de cuero silvestres
a excepción de los prohibidos
por Ley … … . . .. ….. …
40.-
25.- -.- -.-
Farmacias … … … … .. ..
20.-
15.- -.- -.-
Comercialización de leña por ca-
mionada … . . . . . . … … ..
5.-
-.- -.- -.-
Comercialización de piedra, are-
na y rípío por camioneda .. ..
5.-
-.- -.- -.-
15.-
Actividades comerciales no espé-
cificadas … … … …
25.-
20.- __-.-__ ____-.-
Párafo “C” Comercio Minorista
Patentes Mensuales
16.-
Abarrotes .. .. .. .. .. .. ..
25.-
19.-
13.- 8.-
17.-
Mercaderías en general o tiend;:,
25.-
19.-
13.- 8.-
18.-
Librerías y papelerías .. .. …
19.-
13.-
8.- 6.-
19.-
Ferreterías.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. ..
23.-
13.-
8.- -.-
20.-
Repuestos automotores .. .. ..
15.-
13.-
-.- -.-
21.-
Verduras … … … … …
10.-
8.-
-.- -.-
22.-
Locales de venta de artículos de
cuero (maletas, cinturones, ma-
letines, carteras, aparejos, de
caballería ……………………………… … … . ….. … .
25.-
15.-
-.- -.-
23.-
Puestos fijos en mercados ,ad-
yacentes por m2. y por día)…………… …
0.50
-.-
-.- -.-
24.-
Alquiler en puestos de mercado
por cada uno .. .. …. .. .. ..
50.-
-.-
-.- -.-
25.-
Comerciantes minoristas en aba-
rrotes en los mercados, fuera del
alquiler mensual del local .. ..
10.-
5.-
-.- -.-
26.-
Fotógrafos ambulantes, en pla-
zas y paseos, por día .. .. .. ..
2.-
-.-
-.- -.-
CATEGORIAS $b.
$b
ITEM
1ra.
2da. 3ra. 4ta.
DETALLE
1ra.
2da. 3ra. 4ta.
CATEGORIAS $b.
3ra. 4ta.
27.-
Supermercados y miciromercados……
80.-
50.-
-.- -.-
Párrafo "D" Industrias en gene-
ral
Patente Mensual
28.-
Aserraderos en general .. .. .. .. .. .. … ..
20.-
15.-
-.- -.-
29.-
Curtiembres en general .. .. .. .. .. .. .. ….. .. .
15.-
10.-
-.- -.- -.-
30.-
Tejerías no mecanizadas por cada
mil piezas… … … … … … … … … … … . ... ... ... ... ... .
25.-_
-.-
-.-_ _ -.-_
31.-
Aserraderos con derecho a la co-
mercialización de maderas de
carpintería y construcción.. .. .. .. … … ..
100.-
-.-
-.- -.-
32.-
Panaderías no mecanizadas.. .. .. .. .. .. .. .. .
5-
-.-
-.- -.-
33.-
Frigoríficos.. .. … .. … … … … … … … .. .. .. .. .. ..
100.-
-.-
-.- -.-
34.-
Galerías.. …. .. .. … .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. ... .. .. ... ... .. ..
5.-
25.-
-.- -.-
Párrafo "B" Establecimiento de
Servicios
Patente Mensual
35.-
Talleres pequeños de mecánica,
cerrajerías, tornería y repara
ción de motores .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. ..
20.-
15.-
-.- -.-
36.-
Talleres de soldadura autóge
nas y eléctrica.. … .. .. .. … … .. .. .. .. .. ..
20.-
15.-
-.- -.-
Talleres de radio técnico sin ven-
ta de repuestos……………………… ..
15.-
10.- -.- -.- -.-
Talleres de reparación de moto-
cicletas y/o bicicletas………………….
10.-
-.- -.- -.-
39.-
Talleres de reparación de hojala-
teria, plomería y herrería………………
10.-
-.- -.- -.- -.-
40.-
Talleres de orfebrería………………….
10.-
-.- -.- -.-
Talleres de sastrería, modas y
casa de confección……………………
10.-
-.- -.- -.-
Talleres de tapicería en general
10.-
-.- -.- -.-
43.-
Talleres de zapatería con venta
de calzados…………………………
10.-
-.- -.- -.-
Párra fo "F" Establecimientos de
Servicios
PatentesMensual
44.-
Agencias o empresas de transpor-
tes de pasajeros y carga…………
25.-
-.- -.- -.-
Puestos de alquiler de bicicle-
tas…………………………………
5.-
-.- -.- -.-
ITEM
DETALLE
1ra.
2da. 3ra. 4ta.
Casas distribuidoras de queso y
mantequilla………………………..
10.-
5.- -.- -.-
Prestamistas comprasueldos ...
30.-
20.- -.- -.-
Estación de servicio de engrase
sin taller de reparación de ve-
hículos………………………………
20.-
15.- -.- -.-
Maestranza de reparación de ve-
hículos en general .. .. .. ...
30.-
90.- -.- -.-
Servicios de amplificación a do-
micilio y en general .. .. .. ..
20.-
-.- -.- -.-
Salones de billas y billares por
mesa
13.-
-.- -.- -.-
Salones de peluquerías .. .. .. .
5.-
-.- -.- -.-
Negocios y u oficinas de presta-
ción de servicios no clasificadris
10.-
-.- -.- -.-
Albañiles contratistas ………….
10.-
-.- -.- -.-
Párrafo "G" Hoteles Bares y
Cantinas
Patentes Mensual
55.--
Alojamiento sin pensión ni can-
tina, fuera del impuesto por ca
ma...............................................
30.-
20.- -.- -.- _
56.-
Por cama ocupada y por día en
hoteles, alojamientos y residen-
Ciales………………………………...
0.20
-.- -.- -.-
57..-
Pestaurantes con expendio de bn-
bidas alcohólicas categoría única
30.-
-.- -.- -.-
Restaurantes sin expendio de be-
bidas alcohólicas………………… .. .. ..
15.-
10.- -.- -.-
Otros locales con expendio de co-
midas baratas………………………
10.-
-.- -.- -.-
Bares y cantinas en general cate-
goría única………………………..
22.-
-.- -.- -.-
61.-
Ventas con expendio de bebidas
alcohólicas sin atención de bar .
22.-
-.- -.- -.-
62.-
Bares y cantinas en Clubes So-
ciales, fraternidades, círculos de
amigos y/u administración indi-
recta u otros………………………
50.-
30.- -.- -.-
Párrafo "H" Propaganda
Servicios de amplificación con di-
fusión de música, invitaciones en
general, comunicados .. . .. .
15.-
-.- -.- -.-
Párrafo "I" Espectáculos
Orquestas con obligación de re-
ITEM
DETALLE
1ra.
2da. 3ra. 4ta.
tretas y dsfiles en días cívicas
por mes………………………………
25.-
-.- -.- -.-
Kermesses y otros locales, previa
autorización Municipal, por cada
vez... .. .. .. .. .. .. .. .. .. ... ... ... .. .. ..
50.-
-.- -.- -.-
Bandas de musicas o conjuntos
orquestales por mes residentes..
15._
-.- -.- -.-__ __ _
Banda de músicos o conjuntos
orquestales transitorios por ca-
da vez, (hora)…………………… .. .. .. .. .. .
15.-
-.- -.- -.-
Quirománticos, adivinos, en alo-
jamientos por día………………. .. .. .. . .. .. ..
20.-
-.-_ -.- -.- _
Espectáculos no previstos por
cada vez……………………………...
5%
-.- -.- -.-____ _____
Párrafo"J" Patentes al Rodado
Vehículos de uso particular; au-
tomóviles, camionetas, jeeps men-
sual…………………………………
10.--
-.- -.- -.-
Vehículos con placa alquiler,
jeeps, camionetas, con excepción
de camiones y colectivos pagarán
mensual…………………………… .. .. .. .... .. .. ..
6.-
-.- -.- -.-
Camiones de alquiler mensual ..
10.-
-.- -.- -.-
Motocicletas…………………………….. .. .. .. .. .. .. .
5.-
-.- -.- -.-
.
Bicicletas………………………… ... ... ... ... ... .
2.-
-.- -.- -.-
Párrafo "K" Industrias
75.- Las empresas que suministren
energía eléctrica gravarán Con el
5%(cinco por ciento) al valor de sus
facturas actuando como agentes de
retención.
Parrafo “L” LICENCIAS
76.- Autorización para el funciona-
miento de bares, cantinas, res-
taurantes con expendio de bebidas
alcohólicas.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. ..
200.- -.- -.- -.-
77.- Autorización para el funciona-
miento de chichería, quintas de recreo y locales de diversión con expendio de bebidas alcohólicas…….
200.- -.- -.- -.-
78.- Licencias para espectáculos pú-
blicos no especificados.. .. .. .. .. …..
90.- -.- -.- -.-
ITEM DETALLE
1ra. 2da. 3ra. 4ta.
79.- Por matrícula para materifes.
mensual.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .
10.- -.- -.- -.-
80.- Casas de juego de salón (juegos
de azar, loba, poker)………………… 1.000.—
Párrafo 'M" Impuesto a la Propiedad Inmueble
81.- Impuesto catastral o predial urbano
A la propiedad inmueble
sobre el valor catastral.. .. .. .. .. .. .. . .. .. ..
4% -.- -.- -.-
82.- Impuesto a los terrenos sin edifi
car (solares) por metro lineal
sobre la calle……………………………. .. .. .. .. .. ..
2.- -.- -.- -.-
Párrafo "N" Impuesto al Consumo y Comercialización de Productos Nacionales y Extranjeros
83.- Aguardientes, piscos, singanis vinos etc. sobre el valor de venta .. .. .. .. .. .. .. ..
5% -.- -.- -.-
84.- Chicha colla sobre el valor de
venta .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .
5% -.- -.- -.-
85.- A la cerveza, impuesto único
(D.S. N9 11129 de 19/X/73). .. .. .. .. ..
7% -.- -.- -.-
86.- A los alcohóles de producción local y a la internación:
a) Al alcohol potable, por litro (D.S. 11142 de 26/X/73 .. .. .. .
16.5% -.- -.- -.-
Al alcohol desnaturalizado
por litro S/G. D.S. 11142, de
26/X/73
33% -.- -.- -.-
87.-
Por comercialización e interna-
ción de coca por tambor .. .. .. .. ...
30 -.- -.- -.-
88.-
Por comercialización y extracción
de queso por arroba .. .. .. ..
2.- -.- -.- -.-
89.-
Por extracción de mantequilla,
por kilo……………………………..
1.- -.- -.- -.-
90.-
Por matrícula de reinscripción
sobre patente anual de ganado
vacuno y caballar, de 50 a las
100 primeras cabezas por c/u …..
2.- -.- -.- -.-
ITEM
DETALLE
1ra. 2da. 3ra. 4ta.
91.-
De las 100 cabezas de ganado va-
cuno, adelante por cada una ..
1.- -.- -.- -.-
92.-
Comercialización de cuero dul-
ce y salado por cada uno ……....
1.- -.- -.- -.-
93.-
Comercialización de cebo crudo
y cocido por arroba…………….. .. .. ..
1% -.- -.- -.-
94.-
Comercialización de suela por
Lonja………………………………
1.- -.- -.- -.-
95.-
Comercialización de melaza por
botella y chancaca por parrilla
0.10 -.- -.- -.-
96.-
Comercialización de ganado va-
cuno en pie por cada uno .. ..
20.- -.- -.- -.-
97.-
Comercialización de ganado ca-
ballar, o molar por cada uno ..
20.- -.- -.- -.-
98.-
Comercialización. de ganado as-
nal por c/u. .. .. .. .. .. .. ..
8.- -.- -.- -.-
99.-
Comercialización de ovejas, ca-
bras, chanchos .. .. .. .. .. ..
8.- -.- -.- -.-
100.-
Por la extracción de frutas, pal-
tas, cítricos sobre cada 100 .. ..
0.50 -.- -.- -.-
101.-
Comercialización de uva por
kilo... ... ... ... ... . .....
0.20 -.- -.- -.-
Párrafo "O" Corambre
102.-
Por cabeza de ganado vacuno fa-
enado por frigorífico .. .. .. ..
10.- -.- -.- -.-
103.-
Por derribe de ganado vacuno
para consumo público .. .. ...
25.- -.- -.- -.-
104.-
El cuero vacuno por animal de-
rribado dentro de la jurisdicción
municipal es de propiedad de la
comuna. ..
105.-
Por derribe de cerdo y cabra .. .
5.-__ -.-_ -.- -.-
Párrafo "P' Ingresos varios
106.-
Solicitud de certificaciones . ..
10.- _ -.-_ -.- -.-
107.-
Por visación de minuta de adju-
dicación de comodatos .. .. ...
50.- -.- -.- -.-
108.-
Por reposición de formularios ..
5.- -.- -.- -.-
109.-
Por mensura de lotes municipa les a cargo de la empleada de la comuna.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. ..
20.- -.- -.- -.-
110.-
Empresas constructoras en ge- neral, mensual .. .. .. .. ..
80.- 50.- -.- -.-
Párrafo "Q" Intereses
111.-
Intereses sobre patentes e im
ITEM
DETALLE
1ra. 2da. 3ra. 4ta.
puestos municipales no pagados dentro del límite legal, por el tiempo caído en
en mora, mensual.
15% -.- -.- -.-
Párrafo "R" de Multas
112.-
Por formación de charcos, fétidos por evacuación de aguas
Servidas de los domicilios a la vía pública por canales fluviales
100.- 200.- -.- -.-
113.-
Por arrojar basuras a las calles..
100.- 200.- -.- -.-
114.-
Por ocupar la calle como mingi torios o letrinas.. .. .. .. .. .. .. .. ..
50.- 200.- -.- -.-
115.-
Por defraudar el pago de impues tos municipales por primera vez el 100% del impuesto correspondiente, por las siguientes veces el decomiso total de la mercadería objeto del impuesto defraudado.
116.-
Por manchar paredes de los edi ficios fuera de la reparación consiguientes.. .. .. .. .. .. .. .. .. ..
100.- a 500.- -.- -.-
117.-
Por colocación de carteles de pro
paganda, letreros y otras inscrip-
ciones sin la licencia respectiva. .
100.- a 500.- -.- -.-
118.-
Por ganado vacuno, caballar
o Porcino, encontrándose pastando en jardines, o paseos
públicos además del pago del depositario por su mantención y por primera vez $b. 100.- reincidencias sucesivas además del pago a depositario, decomiso del semoviente
119.-
Por infracción al sistema de pe-
sas y medidas, por primera vez de $b. 200.-, 500.-, y 1.000, además clausura de negocio.
1ra. 2da. 3ra. 4ta.
ITEM
DETALLE
1ra. 2da. 3ra. 4ta.
120.- Todos los comerciantes e indus
triales que no hayan inscrito su
negocio en el término de 30 días
de ley, pagarán una multa de ..
100.- a 1.000 -.- -.-
121.- Por malograr el cuero de la
res durante la operación de
faeneo o después de ella $b.
100.-
122.- Indemnización y multa por des
trozos de árboles, bancos, postes
ornamentales, artefactos de
alumbrado público etc., de par
ques, plazas, avenidas, y calles
de la ciudad además del equiva
lente de su valor:
a) Destrucción de árboles de uno
a 5 años ... ... ... ... ...
Dstrucción de árboles de 5 a
10 años.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. ... . ..... ... ....
Destrucción de árboles de 10 a
a 20 años .. .. .. .. .. .. … .. .. .. .. .. ... .
Destrucción de árboles de 10 a
20 años adelante .. .. .. .. .. ..
Destrucción de bancos de
cortina .. ... ... ... ... .
Destrucción de bancos de ce
mento …………….... ...
100.- -.- -.- -.-
200.- -.- -.- -.-
300.- -.- -.- -.-
500.- -.- -.- -.-
500.- -.- -.- -.-
300.- -.- -.- -.-
123.- Por destrozos del material de
instalación de luz, su valor
más el 100%.
124.- Por destrucción de postes orna
mentales de hierro fundido y con
una luminaria .. .. .. .. .. .
3.000.- -.- -.- -.-
125.- Multas por choques de automó
tores en general en cualquier
poste de luz.. .. .. .. .. . .. . .. .. ..
500.- -.- -.- -.-
126.- Por choque, deterioro de cual-
quier artefacto de alumbrado pú-
blico su valor más 100%.
ITEM DETALLE
1ra. 2da. 3ra. 4ta.
127.- Por desacato a la autoridad de
$b. 50.– por primera vez,en caso
de reincidencia de $b. 100.- a
500.— s/g. el grado de culpa-
bilidad.
II Patentes Porcentuales Párrafo
"S" Comercio
128.— Las sucursales o agencias de firmas
Comerciales cuya contbilidad se centra-
liza en otros distritos y los estableci-
mientos de comercio que no se hallen
inscritos en el Registro Mercantil, pa-
rán e acuerdo a sus ventas……………
Párrafo "T" Recargos destinados
129.— Recargo Universitario sobre
patentes e impuestos municipales
con destino a la Universidad
“Gabriel René Moreno” de acuerdo
a ley de 14/XII/66………………….
1.5% -.- -.- -.-
20% -.- -.- -.-
ARTÍCULO 2.- Los impuestos y patentes porcentuales de la presente Ordenanza, no afectan al comercio en tránsito, ni al de exportación.
ARTÍCULO 3.- La aprobación de esta Ordenanza no afecta a las estipulaciones liberatorias de los tratados internacionales vigentes.
ARTÍCULO 4.- Para los diferentes trámites administrativos técnicos y de tributación, la Municipalidad emitirá formularios valorados.
ARTÍCULO 5.- Las Poblaciones Satélites dentro del radio urbano, que no tengan los servicios de agua, luz y alcantarillado, quedan exentos del pago de impuestos municipales. mientras no dispongan de dichos servicios.
ARTÍCULO 6.- La Municipalidad no cobrará impuestos ni patentes a las simiares del país, por ningún concepto.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos setenta y siete años
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guido Vildoso Calderón.