TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 14738

DECRETO SUPREMO Nº 14738

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto requiere de la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a Recursos del Tesoro Nacional destinado al refuerzo de la Partida 221 "Pasajes" en razón del agotamiento que registra tal ítem. en la ejecución presupuestaria de la presente gestión fiscal, como también por la urgencia de atender normalmente las necesidades del Servicio Diplomático acreditado en el exterior.

 

Que, es deber del Supremo Gobierno solventar las necesidades perentorias del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para cuyo efecto se hace indispensable la aprobación del referido Presupuesto Adicional, incluyendo el detalle de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas en previsión de la disposición contenida en el Art. 27 del D.L. Nº 14244 de 30 de diciembre de 1976.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto con cargo a recursos del Tesoro Nacional por la suma de CUATROCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 400.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
PROGRAMA 01: POLITICA EXTERNA

I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

 

Fuente

Presupuesto Adicional

1977

I

NACIONALES

400.000.-

1.-

Tesoro Nacional

400.000.-

 

Total:

400.000.-

 

 

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

Codigo

Descripción

Presupuesto Adicional

1977

200

SERVICIOS NO PERSONALES

400.000.-

220

SERVICIOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS

 

400.000.-

221

Pasajes

400.000.-

 

Total:

400.000.-

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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