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DECRETO SUPREMO Nº 14649

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que. Acción Cívica Nacional dispone de la suma de $b. 250.500.- provenientes del remate en pública subasta de tres vehículos que se efectuó en fecha 10 de enero del presente año, razón por la cual no fueron incluídos en el Presupuesto Fiscal vigente;

Que, dichos fondos son necesarios en el organismo para dar cobertura financiera a la adquisición de nuevos equipos de comunicación a fin de cumplir las tareas de supervisión de sus proyectos de infraestructura social, física y otras de seguridad interna, por lo que corresponde canalizar estos fondos a través de un Presupuesto Adicional para su aplicación legal;

Que, es deber del Supremo Gobierno determinar la aprobación del referido Presupuesto Adicional con cargo a Recaudaciones Especiales del organismo, incluyendo el detalle de ingresos y egresos elaborado por el Ministerio de Finanzas y en la forma prevista por el Art. 27 del D.L. N°14244 de 30 de diciembre de 1976;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

Apruébase el Presupuesto Adicional de Acción Cívica Nacional con cargo a Recursos Propios, por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 250.500.-) para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

CAPITULO DE INVERSION

PROGRAMA 01: INFRAESTRUCTURA SOCIAL

Proyecto 01: PROYECTOS ESPECIALES Y SUPERVISION DE OBRAS

INGRESOS (En Pesos Bolivianos)

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Presupuesto

Código Fuente

Adicional

 

1977

 

I.- NACIONALES

250.500.—

5.— OTROS

250.500.—

5.5 Varios

250.500.—

 

T o t a 1:

250.500.—

EGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION DEL PROGRAMA POR OBJETO DEL GASTO:

 

Presupuesto

Código Descripción

Adicional

 

1977

400 ACTIVOS FIJOS Y FINAC1EROS

250.500.—

430 MAQUINARIA Y EQUIPO

250.500.—

435.5 .5 Equipo de Comunicaciones

250.500.—

Tota 1:

250.500.—

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio de mil novecientos setenta y siete años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Julio Trigo Ramírez, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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