TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 14595

DECRETO SUPREMO Nº 14615

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que, la Prefectura del Departamento de Chuquisaca requiere de la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a Recursos Propios originados en Saldos de Gestión Anterior y destinado a reforzar principalmente algunas Partidas de los Grupos de Servicios No Personales, Materiales Suministros y cubrir obligaciones correspondiente a la gestión de 1976, situación financiera que determina la necesidad de dar creación a la Partida 514.5 "Créditos Reconocidos" para su pago de acuerdo a la previsión del Art. 51 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976.

Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas ha establecido que la Prefectura de Chuquisaca cuenta con la suma de $b. 205.000.- provenientes de ahorros obtenidos en sus operaciones financieras y a la vez se ha constatado la existencia de facturas pendientes de pago y otros compromisos de inexcusable cumplimiento.

Que, corresponde al Poder Ejecutivo determinar la aprobación del referido Presupuesto Adicional, incluyendo el detalle de ingresos y egresos elaborados por el Ministerio de Finanzas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura del Departamento de Chuquisaca con cargo a Recursos Propios por la suma de DOSCIENTOS CINCO MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 205.000.-), para su vigencia en la presente gestión Fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

PREFECTURA DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA

 

CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO

PROGRAMA 01 : ADMINISTRACION GENERAL

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

Código

Fuente

Presupuesto Adicional

1977

 

I

NACIONALES

205.000.-

 

5.-

OTROS

205.000.-

 

5.2

Saldo Gestión Anterior

205.000.-

 

 

Total:

205.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

 

CLASIFICACION DEL PROGRAMA POR OBJETO DEL GASTO:

 

Código

Descripción

Presupuesto Adicional

1977

 

200

SERVICIOS NO PERSONALES

109.000.-

 

220

SERVICIOS DE TRANSPORTE Y SEGUROS

15.000.-

221.5.2

Pasajes

8.000.-

 

222.5.2

Viáticos

7.000.-

 

260

OTROS SERVICIOS NO PERSONALES

94.000.-

 

262.5.2

Asignaciones Globales

24.000.-

 

263.5.2

Otros Servicios No Personales

70.000.-

 

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

 

5.000.-

 

320

PARA USOS VARIOS

5.000.-

 

328.5.2

Accesorios, Repuestos y Herra-

mientas menores

 

5.000.-

 

500

DEUDA PUBLICA

48.500.-

 

510

INTERNA

48.500.-

 

514.5.2

Créditos Reconocidos

48.500.-

 

700

TRANSFERENCIAS

42.500.-

 

710

AL SECTOR PRIVADO

42.500.-

 

711.5.2

Pensiones, Donaciones y Premios

42.500.-

 

 

Total:

250.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de mayo de mil novecientos setenta y siete años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Julio Trigo Ramirez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando Armaza, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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