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DECRETO SUPREMO N° 11540

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo N° 11411 del 5 de abril de 1974, se autorizó al Banco Central de Bolivia conceder un aval en favor del Banco Boliviano Americano, por la suma de $us. 395.674.75 (trescientos noventa y cinco mil seiscientos setenta y cuatro con setenta y cinco centavos) sobre el Prime Rate Bankers Trust Company de Nueva York, para cubrir la provisión de equipo destinado a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana.

 

Que, el Banco Boliivano Americano, como entidad financiera ha solicitado el cambio del “Prime Rate Bankers Trust Company de Nueva York”, por el Irving Trust Company de Nueva York para el refinanciamiento del monto garantizado.

 

Que, esta substitución no vulnera las regulaciones del Banco Central de Bolivia para este tipo de operaciones bancarias.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Modifícase el Artículo Segundo del Decreto Supremo N° 11411 del 5 de abril de 1974, en la siguiente forma: “Autorízase al Banco Central de Bolivia a conceder un aval mediante carta de garantía en favor del Irving Trust Company de Nueva York, por la suma de $us.- 395.674.75 (trescientos noventa y cinco mil seiscientos setenta y cuatro con setenta y cinco centavos) más intereses calculados a la taza del 2.3/4%, sobre el Prime Rate Bankers Trust Company, ajustable semestralmente’.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas Información y Deportes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presento Decreto.

 

Es dado en el palacio de Gobierno de la-ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de junio de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Matos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luis Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Edwin Tapia Frontanilla, Sergio Otero Gómez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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