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DECRETO SUPREMO N° 11505

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 11472 de 3 de mayo del presente año, se autorizó al Banco Central de Bolivia, la concesión de un aval para la adquisición de 18 aviones “UIRAPURU”, más equipos, repuestos e intereses, con destino a la Fuerza Aérea Boliviana.

Que, en dicha disposición legal se consignó únicamente la suma de $us. 288.000.-(DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOLARES AMERICANOS), por concepto de precio de las aeronaves, omitiéndose consignar el monto correspondiente a los equipos, repuestos e intereses.

Que, es necesario complementar la autorización del aval a fin de ejecutar la indicada operación de compra.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Compleméntase el Decreto Supremo N° 11472 de 3 de mayo del presente año ampliando el aval para la adquisición de equipos, repuestos e intereses, por un monto de $us. 64.673.62 (SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES 62/100 DOLARES AMERICANOS), que con la suma anterior hacen un total de $us. 352.673.62 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES 62/100 DOLARES AMERICANOS).

Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio de mil novecientos setenta y cuatro años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Matos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luis Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Edwin Tapia Frontanilla, Guillermo Bulacia Salek.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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