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DECRETO SUPREMO N° 11469
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, con conocimiento y autorización del Supremo Gobierno, el 16 de febrero de 1973, la Empresa Nacional de Fundiciones suscribió con la Klockner Industrie Anlagen GmbH de la República Federal Alemana, el Addendum N° 6 al Contrato de 20 de julio de 1966, para la ampliación de la Fundición de Estaño de Vinto de 7.500 a 20.000 toneladas métricas de estaño metálico al año;
Que, posteriormente, entre las mismas empresas se suscribió el Addendum N° 7. adelantado parte de esos equipos para aumentar la capacidad de la fundición de Estaño de 7.500 a 11.500 toneladas métricas, lo que fue autorizado mediante D.S. Nº 10984 de 11 de julio de 1973;
Que, en cuanto se definiera la alternativa de financiamiento comercial o de Estado a Estado, se mantuvo pendiente la aprobación del Addendum N° 6, lo que ha sido resuelto mediante el préstamo de ayuda de capital otorgado por el Gobierno de la República Federal Alemana a la República de Bolivia por DM. 38.000.000.- para la ampliación de la Fundición de Estaño en Vinto, cuyos contratos han sido suscritos y aprobados mediante los Decretos Supremos respectivos;
Que, de conformidad a la Resolución del Consejo Nacional de Economía y Planificación de fecha 23 de febrero de 1973, corresponde aprobarse el Addendum N° 6, suscrito entre la Empresa Nacional de Fundiciones y la Casa Klockner, para el suministro de los equipos y maqninarias destinados a la ampliación de la Fundición de Estaño de Vinto, por un valor de DM. 34.ó31.949.-, considerando el adelanto de equipos acordados en el Addendum N° 7, más los reajustes que pudieran producirse en las condiciones acordadas en dicho documento.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON
DICTAMEN AFIRMATIVO DEL CONSEJO NACIONAL
DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba el Addendum N° 6 al contrato de 20 de julio de 1966, suscrito el 16 de febrero de 1973 entre la Empresa Nacional de Fundiciones y la Klockner Industrie Anlagen GmbH, para la ampliación de la Fundición de Estaño de Vinto hasta 20.000 TM anuales de estaño metálico, por la suma de DM. 34.631.949.- más los reajustes e intereses convenidos en dicho documento, debiendo ponerse en ejecución por parte de ENAF.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minería y Metalurgía, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Guillermo Céspedes Rivera, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Roberto Capriles Gutiérrez, Jaime Quiroga Mattos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luis Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez.
TEXTO DE CONSULTA
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