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DECRETO SUPREMO Nº 11419

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos, conforme al Art. 4º incs, d) y c) del Decreto Supremo Nº 10733 de 16 de febrero de 1.973 mediante Licitación Nº 003/73, convocó a propuestas para la adquisición de terrenos en la ciudad de La Paz, destinados a la construcción de viviendas de interés social para los sectores laborales que lo integran.

 

Que, luego del procesamiento previsto por el Decreto de 22 de mayo de 1939, la Junta de Licitaciones del Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos, en su reunión de fecha 1º de febrero de 1974 adjudicó la propuesta presentada por Gustavo Portocarrero Valda y José Navarrete Borréz, como propietarios de terrenos situados en la zona de Achumani de la ciudad de La Paz.

 

Que, de conformidad al Art. 13 inc. e) del Decreto Supremo Nº 11356 de 22 de febrero pasado corresponde dictar Decreto Supremo aprobatorio de la adquisición.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación hecha por la Junta de Licitaciones del Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos para la adquisición a título de compra-venta de ciento dos mil setecientos cincuenta metros cuadrados (102.750 mts.2), de terreno situados en la zona de Achumani, Cantón Palca de la Provincia Murillo del Departamento de La Paz en favor de Gustavo Portocarrero Valda y José Navarrete Borráz, con destino a la entidad, para la construcción de viviendas de interés social, por el precio de pesos bolivianos cuatro millones doscientos treinta y cinco mil ($b. 4.235.000.-), debiendo suscribirse la respectiva escritura pública por ante la Notaría de Hacienda.

 

ARTÍCULO 2.- En representación del Gobierno Nacionalista, se autoriza la suscripción del respectivo contrato de compra-venta a los señores Contralor General de la República, Fiscal de Gobierno, Presidente y Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos, con los vendedores.

 

El señor Ministro de Estado en el Despachode Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de abril de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Roberto Capriles Gutiérrez, Jaime Quiroga Mattos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luis Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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