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DECRETO SUPREMO Nº 11415

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Licitación Pública Nº 1/73 el Fondo Complementario de Trabajadores de Y.P.F.B., convocó a propuestas para la adquisición de oficinas en propiedad horizontal.

 

Que, la Junta de Licitaciones del Fondo en su reunión de 7 de febrero del presente año, resolvió adjudicar la licitación a la propuesta presentada por CINESA para la compra-venta de tres pisos en el Edificio LITORAL con una superficie útil de 561 metros cuadrados por el precio de $us. 129.030.00 o su equivalente de $b. 2.629.631.40; habiéndose suscrito el respectivo contrato con opción de compra del cuarto piso.

 

Que, la Junta de Licitaciones en su reunión del día 22 de febrero del año en curso resolvió hacer efectiva la opción de compra del cuarto piso del citado edificio con una superficie útil de 935.93 metros cuadrados por el precio de $us. 215.263.90 o su equivalente de $b. 4.387.078,28.

 

Que, la referida inversión obedece a previsiones contenidas en el Código de Seguridad Social y constituye la protección del poder adquisitivo de las Reservas Financieras del Fondo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON

DICTAMEN FAVORABLE DEL INSTITUTO

BOLIVIANO DE SEGURIDAD SOCIAL,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Licitaciones del Fondo Complementario de Trabajadores de Y.P.F.B. a Cinematográfíca y Comercial S.A. CINESA para la compra-venta de cuatro pisos en propiedad horizontal de su edificio denominado Litoral ubicado en la Avenida Mariscal Santa Cruz esquina Colón de esta ciudad, con una superficie total de 1.496.93 metros cuadrados lor la suma de $us. 344.293.90 que será pagado en su equivalente de $b. 7.016.709 88 (SIETE MILLONES DIECISEIS MIL SETECIENTOS NUEVE 68/100 PESOS BOLIVIANOS).

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Facúltase a los representantes legales del Fondo Complementario de Trabajadores de Y.P.F.B. la suscripción del respectivo contrato con la concurrencia del Sr. Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, en representación del Estado, previa tramitación o levantamiento de la hipoteca.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Coordinación de la Presidencia de la República, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de abril de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Roberto Capriles Gutiérrez, Jaime Quiroga Mattos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luis Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alfredo Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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