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DECRETO SUPREMO Nº 11411

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Ministerio de Información y Deportes, convocó a licitación pública para la provisión de equipo destinado a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana, con carácter de prioridad.

 

Que, cumplidos los trámites legales correspondientes, la Junta de Licitaciones de dicho Ministerio adjudicó la propuesta en favor de la firma “Sociedad General de Comercio”, representantes de Telemérica Inc. de los Estados Unidos de Norteamérica, por un monto total de DOLARES AMERICANOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE 70/100 (Sus. 465.499,70) mediante D.S. Nº 11400 de fecha 2 de abril de 1974.

 

Que, el financiamiento correspondiente a la propuesta adjudicada estará a cargo del Banco Boliviano Americano en la proporción del 85% del monto total, debiendo el Gobierno de Bolivia aportar el 15% restante.

 

Que, es preciso garantizar la provisión de fondos para el pago del anticipo del 15% así como la normal cobertura de la obligación mediante la asignación de partidas presupuestarias.

 

Que, el Banco financiador requiere el aval de Banco Cetral de Bolivia.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON EL

DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO

NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana, para suscribir un contrato de crédito por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE 70/100 DOLARES AMERICANOS ($us.465.499,70), con el Banco Boliviano Americano, suma destinada a cubrir el valor del equipo y materiales adquiridos de la firma “Sociedad General de Comercio”, representante de Telemérica Inc.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Banco Central de Bolivia a conceder un aval mediante Carta de Garantía, en favor del Banco Boliviano Americano, por la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO 75/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 395.674,75) más intereses calculados a la tasa del 2,3/4% sobre el Prime Rate Banquers Trust Company de Nueva York, ajustables semestralmente.

 

ARTÍCULO 3.- Dispónese que el Ministerio de Finanzas a través de la Dirección Nacional del Tesoro pague el 15% previsto en el contrato y consigne en el Presupuesto correspondiente a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana, las sumas necesarias para las amortizaciones a capital y pago de intereses, debiendo pagar directamente al Banco Financiador los montos correspondientes a cada vencimiento.

 

ARTÍCULO 4.- Libérase de todo impuesto incluyendo el pago de timbres, al contrato de crédito anteriormente señalado.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Información y Deportes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de abril de mil novecientos sesenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Roberto Capriles Gutiérrez, Jaime Quiroga Matos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luis Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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