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DECRETO SUPREMO Nº 06555

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que ha sido aceptada la renuncia formulada por los señores Ministros de Estado, y por tanto es necesario proceder a la designación de los nuevos integrantes del Poder Ejecutivo;

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Desígnase Ministros de Estado a los siguientes ciudadanos en los Despachos que se indica:

 

Sr. José Fellman Velarde, de Relaciones Exteriores y Culto,

Dr. José Antonio Arze Murillo, de Gobierno, Justicia e Inmigración,

Lic. Augusto Cuadros Sánchez, de Hacienda y Estadística,

Sr. Alfonso Gumucio Reyes, de Economía Nacional,

Gral. Luis Rodríguez Bidegain, de Defensa Nacional,

Dr. Ciro Humbold Barrero, de Educación y Bellas Artes,

Dr. Guillermo Jáuregui Guachalla, de Salud Pública,

Dr. Alfredo Franco Fuachalla, de Minas y Petróleo,

Sr. Egberto Ergueta Quiroga, de Obras Públicas y Comunicaciones,

Dr. Aníbal Aguilar Peñarrieta, de Trabajo y Seguridad Social,

Sr. Hugo Suárez Gómez, de Agricultura, Ganadería y Colonización,

Sr. Carlos Ponce Sanginés, de Asuntos Campesinos,

Dr. Jaime Otero Calderón, Secretario General de la Presidencia de la República,

Dr. Roberto Jordán Pando, Secretario Nacional de Planificación y Coordinación,

Dr. Guillermo Bedregal Gutiérrez, Presidente de la Corporación Minera de Bolivia.

 

ARTÍCULO 2.- Los señores Ministros nombrados, jurarán la posesión de sus cargos a horas 16 del día 22 del mes en curso.

 

El señor Ministro Secretario General de la Presidencia de la República, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y tres años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Jaime Otero Calderón, Ministro Secretario General de la Presidencia.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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