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DECRETO SUPREMO N° 12346

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, para lograr la eficiencia operativa y financiera de la Empresa Nacional de Ferrocarriles dispuesta por el Gobierno Nacional, se requiere además de las medidas de reajuste institucional establecidas por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones Aeronáutica Civil, de una determinación adecuada de las necesidades materiales y financieras de dicha Empresa, así como su probable distribución temporal.

 

Que, para el cumplimiento de dichos fines, la Empresa Nacional de Ferrocarriles, ha elaborado y aprobado a nivel de su Directorio el Plan de Inversiones 1975-1979, plan que constituye la base indispensable para la ejecución de los programas de rehabilitación de la Empresa.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS;

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Plan de Inversiones 1975-1979" de la Empresa Nacional de Ferrocarriles, como base para la ejecución de los programas de rehabilitación de dicha Empresa.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Finanzas y de Planeamiento y Coordinación quedan encargados del cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de abril de mil novecientos setenta y cinco años

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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