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DECRETO SUPREMO N° 12239

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la República de Bolivia en fecha 2 de noviembre d e1963, fue aceptada como miembro de la Unión Internacional de las oficinas oficiales de Turismo.

 

Que, en la Asamblea realizada en la ciudad de México en septiembre de 1970, la Reunión Extraordinaria adoptó los Estatutos de la Organización Mundial de Turismo, Organización Intergubernamental destinada a suceder a la Unión Internacional de Organismos Oficiales de Turismo, después de que cincuenta y un Estados hubieron aprobado oficialmente sus Estatutos.

 

Que, las actividades de la Organización Mundial de Turismo programadas dentro de un plan universal, se dedicarán al estudio y desarrollo del Turismo, mediante extensos programas de investigación, seminarios, cursos superiores y formación profesional y misiones especiales.

 

Que, mediante Decreto Supremo N-10-70-2 promulgado en fecha 28 de enero de 1973, el Gobierno Nacional consciente del importante papel que, el turismo considerado como industria juega en la economía de todos los países, mantiene el propósito firme de convertir a esta actividad en una fuente generadora, segura y permanente de divisas para el Erario Fiscal y además de ser una de las más importantes actividades para la valoración y difusión del patrimonio cultural del País.

 

Que, es necesario, conveniente e importante para los intereses del país ratificar los Estatutos de la nueva Organización Mundial de Turismo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANEAMIENTO,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase y ratifícase los Estatutos de la nueva Organización Mundial de Turismo.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto e Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de La ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de abril de mil novecientos setenta y cinco años

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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