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DECRETO SUPREMO Nº 12304

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Comité Departamental de Desarrollo y Obras Públicas de Potosí, con la atribución que le confiere el D.S. N° 09147 de 18 de marzo de 1970, convocó a propuestas para la provisión de materiales de construcción para el sistema de agua potable de la localidad de Villazón, habiendo presentado propuestas las firmas Concil S.A. EIAL, Penco Ltda. y Carlos Ormachea Asociación Constructora.

 

Que, cumplidas las formalidades exigidas por la Ley N° 10120 de 2 de febrero de 1972, la Junta de Licitaciones del Comité mediante Resolución N° 01/75 de 13 de enero de 1975, adjudicó la propuesta en favor de la Empresa EIAL.

 

Que, los cuadros comparativos, informes técnico-financieros. dictámenes y demás antecedentes, evidencian que la adjudicación efectuada es la más conveniente a los intereses de la institución;

 

Que, en virtud del inc. e) del art. 13 de D.S. N° 11356 de 22 de febrero de 1974, corresponde aprobar la adjudicación de acuerdo al monto establecido para el sector público.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta del Comité Departamental de Desarrollo y Obras Públicas de Potosí en fecha 13 de enero de 1975 en favor de la Empresa Electro Ingeniería y Arquitectura Limitada “EIAL” para la provisión de materiales de construcción destinados al sistema de Agua Potable de la localidad de Villazón, en las cantidades y precios señalados en su propuesta, por un valor total de $b. 7.475.049.- (siete millones cuatrocientos setenta y cinco mil cuarenta y nueve oo/100 pesos bolivianos) CIF Santa Cruz, incluídos costos de transporte y seguros hasta el lugar de la obra, debiendo intervenir en la suscripción del contrato, el Fiscal de Distrito, Contralor Departamental, personeros del Comité de Desarrollo y Obras Públicas de Potosí y el representante legal de la empresa adjudicataria.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz. a los catorce días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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