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DECRETO SUPREMO N° 12293

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, con las facultades que le confiere el art. 4° del D.S. N° 06496 de 14 de junio de 1963, convocó a licitación pública para la provisión de dos equipos de bombeo marca Jacuzzi, destinado al agua potable de la ciudad.

 

Que, en virtud de dicha convocatoria se presentaron las siguientes firmas comerciales Roghur, Linale & Weiss, Matpetrol y Acquatec.

 

Que, cumplidas las formalidades a que se refiere el D.S. 10120 de 2-II-1972 y art.13 inc. e) del D.S. N° 11356 de 22 de febrero 1974, conoció y se consideró el respectivo informe de la Comisión Técnica de precalificación y costo de los equipos, adjudicando finalmente la propuesta a la firma "Roghur".

 

Que, los cuadros comparativos é informe técnico, dictámenes y demás antecedentes, evidencian que la adjudicación efectuada fue la más conveniente a los intereses del Comité.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adudicación efectuada por la Junta de Selección del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, en fecha 26 de septiembre de 1974, en favor de la firma Roghur, para la provisión de dos equipos de bombeo por $us. 74.500. incluyendo seguros y transporte CIF Santa Cruz.

 

ARTÍCULO 2.- El señor Contralor Departamental y el Fiscal de Distrito de Santa Cruz, representante legal del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz y los apoderados o gerente de la firma, suscribirán el respectivo contrato.

 

El señor Ministro de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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