TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 12288

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Servicio Autónoma Municipal de Agua Potable y Alcantarillado "SAMAPA", con las facultades que le confiere el Decreto-Ley Nº 07597 de 20 de abril de 1966, convocó a propuestas conforme a la licitación Nº 4/74 para la provisión de accesorios y abrazaderas destinados a la ejecución de conexiones domiciliarias en la ciudad de aL Paz;

 

Que, dicha convocatoria ha sido propuesta con crédito de proveedores aprobada por Decreto Supremo N° 11699 de 16 de agosto de 1974, empero, compulsada la situación económica de entidad licitante y la incidencia de los intereses y comisiones del crédito de proveedor, y de acuerdo a las alternativas de la propuesta presentada por la firma comercial "Vidriería Venecia" American Overseas Trading, de la ciudad de Sucre-Bolivia, representante de la Compañía Industrial HIDROMET- TECNOBRAS S.A. de Sao Paulo Brasil, con su División DOCOL S.A. Rúa Visconde de MauíNu 67 Joinville (SC) Brasil, se ha adoptado la adquisición de dichos materiales por compra al contado, rechazando el crédito concedido.

 

Que, cumplidas las formalidades legales de acuerdo al Decreto Supremo N° 22 de mayo de de 1939, la Junta de Almonedas de SAMAPA ADJUDICO en favor de la Compañía Industrial Hidrojet-Tecnobras S.A. de Sao Paulo Brasil, representada por "Vidriería Venecia" de la ciudad de Sucre-Bolivia, conforme a los informes técnicos, cuadros comparativos, dictamenes y demás antecedentes elevados a consideración del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, evidencian que la adjudicación efectuada es la más conveniente.

 

Que, en virtud del inciso e) del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 11356 de 22 de febrero de 1974, corresponde aprobar la licitación adjudicada por "SAMAPA" de acuerdo al monto;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la adjudicación de la H. Junta de Almonedas "SAMAPA " en favor de la Compañía Industrial HIDROMET- TECNOBRAS S.A. de Sao Paulo Brasil, con su División DOCOL, S.A. Rúa Visconde de Mauí Nº 67 Joinville (SC) Brasil, representada por la firma comercial "Visconde Venecia" American Overseas Trading, de la ciudad de Sucre-Bolivia, por un valor de TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO 00/100 DOLARES AMERICANOS) $us. 34.195.oo) para la provisión de 10.590 piezas válvulas de cierre oblícuo de bronce con y sin desagüe, conforme al pliego de especificaciones; suma que será abonada por el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado "SAMAPA" al contado, con fondos de su presupuesto previa suscripción del contrato respectivo, con intervención del señor Contralor de la República, la concurrencia del señor Fiscal de Gobierno, personeros de "SAMAPA" y el representante legal de la firma adjudicada.

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Paalcio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de marzo mil novecientos setenta y cinco años

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|