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DECRETO SUPREMO Nº 12215

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Empresa Nacional de Fundiciones convcoó a Licitación Pública para la construcción de las Obras Civiles de la Pequeña Ampliación de la Fundición de Estaño de Vinto-Oruro y que dentro de ese procedimiento legal ha sido seleccionada la “Empresa Constructora Urquieta y Cía.”;

 

Que, el precio de adjudicación y los plazos de ejecución están comprendidos dentro de las previsiones financieras del proyecto correspondiente por lo tanto su aprobación;

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la Adjudicación hecha por la Junta de Almonedas de la Empresa Nacional de Fundiciones en favor de la “Empresa Constructora Urquieta y Cía.” para la construcción de las obras Civiles de la Pequeña Ampliación adelantada de la Fundición de Estado de Vinto-Oruro por el precio de $b.-- 9.341.911.20, debiendo suscribirse el respectivo contrato con la intervención del Contralor de la República y el Fiscal de Gobierno.

 

El señor Ministro en el Despacho de Minería y Metalurgia queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treintiún días del mes de enero de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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