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DECRETO SUPREMO N° 12202

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Fuerza Naval Boliviana se encuentra en posesión desde hace nueve años en calidad de depositaria del inmueble ubicado en la localidad de Riberalta, de propiedad de Rubén Julio Castro donde ha instalado el Comando del Distrito Naval Nº 1, varias dependencias y oficinas habiendo invertido fondos del Estado en la conservación y habilitación de dicho inmueble;

 

Que, para el eficaz cumplimiento de sus específicas funciones el Distrito Naval N° 1, con asiento en Riberalta, requiere del indicado local;

 

Que, corresponde al Estado dar solución a las necesidades de las Fuerzas Armadas de la Nación;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidad pública los terrenos y sus construcciones ubicados en el lado Norte de la Barranca del Río Beni, en la localidad de Riberalta, con una superficie de 2.387 metros cuadrados, de propiedad de Rubén Julio Castro con destino al Comando, Oficinas y otras dependencias del Comando del Distrito Naval Nº 1, dependiente de la Fuerza Naval Boliviana.

 

ARTÍCULO 2.- La Prefactura del Departamental del Beni,- seguirá el trámite legal exportación, con arreglo al Decreto Supremo de 4 de abril de 1879, elevado a rango de Ley el 30 de diciembre de 1884, debiendo el Ministerio de Defensa Nacional cancelar el valor de la indemnización respectiva, con cargo al presupuesto de la F.N.B.

 

ARTÍCULO 3.- La Fuerza Naval Boliviana, queda autorizada a ocupar con derecho de propiedad el inmueble expropiado, sin perjuicio de los trámites de expropiación.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de enero de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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