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DECRETO SUPREMO Nº 12197

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Instituto de Investigaciones Minero-Metalúrgicas ha expuesto la necesidad de adquirir para sus instalaciones una planta Piloto de Fundición y Refinación, con objeto de completar su implementación para sus fines de investigación y servicio;

 

Que, la Empresa Minera Musevich & Lluvetic Ltda. ha hecho oferta de venta al mencionado Instituto de un Equipo Completo para Fundición y Refinación de Plomo;

 

Que, el mencionado Equipo se encuentra desde el año 1956 sin ser utilizado con el consiguiente perjuicio a la industria Metalúrgica del país;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

 

ARTICULO 1.- Se autoriza al Instituto de Investigaciones Minero-Metalúrgicas, a adquirir en compra el Equipo mencionado y que pertenece a la firma Musevich & Lluvetic Ltda. por un monto de - $us. 30.000.00.

 

ARTICULO 2.- Con intervención de la Contraloría General de la República se suscribirá el Contrato de Compra-Venta respectivo.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minería y Metalurgia queda encargado del cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de enero de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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