DECRETO SUPREMO N° 12196
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el 6 de agosto de 1975. se cumplirá sesquicentenario de la fundación de Bolivia;
Que, el Gobierno Nacional, las FF.AA. de la Nación las Instituciones del Estado y privadas y toda la ciudadanía tienen el deber de celebrar con excepcional realce y solemnidad este acontecimiento histórico;
Que, la patria debe honrar y venerar a los héroes de la Independencia y fundadores y organizadores de la República de Bolivia con singular entusiasmo cívico;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se consagra el año 1975 a la celebración del Sesquicentenario de la República, con sujeción al Plan General elaborado, por el Comité Nacional y a los programas de los comités departamentales;
ARTÍCULO 2.- Los órganos de prensa, revistas, libros y folletos publicados en 1975, en el territorio de Bolivia llevarán en su parte más visible, la leyenda "AÑO DEL SESQUICENTENARIO DE LA REPUBLICA". Asimismo el material de correspon.
ARTÍCULO 3.- Las estaciones de televisión y radiodifusión mencionarÁn en sus transmisiones el mismo lema del sesquicentenario.
ARTÍCULO 4.- Los paraninfos universitarios, salones de actos de reparticiones públicas y autárquicas, teatros. auditoriums coliseos o campos deporivos serán utilizados prioritariamente por el Comité Nacional del Sesquicentenario y por los Comités Departamentales, durante el año 1975, para el desarrollo de su programación oficial.
ARTÍCULO 5.- Excepcionalmente y sólo durante el "Año del Sesquicentenario", los aviones de pasajeros del Lloyd Aéreo Boliviano, Transportes Aéreos Militares, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y Corporación Minera de Bolivia serán puestos a disposición del Comité Nacional del Sesquicentenario, para casos de suma importancia oficial. Asimismo, los Ferrocarriles del Estado facilitarán pasajes a dicho Comité Nacional para trasladar, eventualmente delegaciones oficiales y conjuntos artísticos.
ARTÍCULO 6.- Teniendo en cuenta que el Comité Nacional del Sesquicentenario cuenta con reducido personal técnico y administrativo, los Ministerios del Poder Ejecutivo podrán cooperarle, en ciertos casos especiales. con los servicios de "Funcionarios en Comisión".
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, de Educación y Cultura quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de enero de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Walter Núñez Rivero.