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DECRETO SUPREMO N° 12194

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Estado adeuda a la Universidad Boliviana aportes por concepto de su participación en la Renta Neta Nacional determinada por el Decreto Supremo N° 09459 de 12 de noviembre de 1970, cuyo monto será establecido una vez que se haya practicado la liquidación definitiva de adeudos a todas las Universidades del país;

 

Que, en atención a que en la actualidad la Universidad Mayor de San Simón de la ciudad de Cochabamba, confronta dificultades de orden financiero para poder cubrir la cancelación de sueldos por el mes de diciembre y sueldo 14 por lo que corresponde autorizar un nuevo anticipo con cargo al monto adeudado por concepto de participaciones en la Renta Neta Nacional correspondiente a las gestiones de 1971 y 1972.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Dirección General del Tesoro Nacional para que con cargo a la partida "Créditos Reconocidos 1975" del Presupuesto vigente del Ministerio de Finanzas, entregue a la Universidad Boliviana Mayor de San Simón de la ciudad de Cochabamba la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.- 3.800.000.-) en calidad de anticipo del monto adeudado por concepto de participación en la Renta Nacional correspondiente a las gestiones 1971 y 1972.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y el cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz. a los veinte días del mes de enero de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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