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DECRETO SUPREMO N° 12188

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Resolución de 18 de diciembre de 1972, proclamado 1975 Año Internacional de la Mujer, en que deberá integrarse a la mujer al desarrollo económico-social, reconociendo su importante contribución para el fortalecimiento de la paz mundial;

 

Que, la indicada Resoluciónn, ha sido acogida por todos los países en los cuales se destaca y busca la participación de la mujer en todas las actividades de cada comunidad nacional;

 

Que, Bolivia reconoce y protege constitucionalmente los derechos de la Mujer, en coincidencia con la finalidad y objetivos de la proclamación auspiciada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Proclámase 1975, Año Internacional de la Mujer en Bolivia, durante el cual las entidades y reparticiones oficiales e instituciones particulares, realzarán en actos especiales los derechos e integración de la Mujer al desarrollo económico-social y su contribución a la paz mundial.

 

ARTÍCULO 2.- Bajo la dirección de la Presidencia de la Junta Nacional de Desarrollo Social, la Oficina de la Mujer, dependiente del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública y su Consejo Nacional, tendrán a su cargo la programación de los actos de homenaje a que se refiere el Art. 1°

 

Los señores Ministros de Estado en los respectivos Despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y siete días del mes de enero de mil novecientos setenta y cinco años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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