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DECRETO SUPREMO N° 12142

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Empresa Nacional de Ferrocarriles, ha elevado al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil los antecedentes correspondientes a la adjudicación que hizo la Junta de Licitaciones del indicado Portafolio en favor de la Empresa "FEGOSA" para los trabajos de remodelación de la Maestranza Ferroviaria de Viacha, a fin de que sea aprobada aquella decisión.

 

Que, la revisión de la documentación pertinente, se evidencia que una vez cumplidas las formalidades legales del caso, la Junta Nacional de Licitaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, en su reunión de fecha 10 de octubre del año en curso ha tomado conocimiento del Informe de la Comisión Calificadora, habiendo adjudicado los trabajos de remodelación de la Maestranza Ferroviaria de Viacha a la Empresa Constructora F. Gonzales S. "FEGOSA".

 

Que, la adjudicación efectuada, se ajusta a las prescripciones señaladas en el Decreto Ley N° 10120 de 2 de febrero de 1972 y debe ser aprobada por Decreto Supremo según lo dispuesto por el Artículo 13 del D.S. N° 11356 de 22 de febrero de 1974.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta Nacional de Licitaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, en favor de la propuesta presentada por la Empresa Constructora F. Gonzalo S. "FEGOSA", por el precio total de SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UN 40/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 7.554.681.40), para los trabajos de remodelación de la Maestranza Ferroviaria de Viacha, todo conforme al pliego de especificaciones y condiciones generales de la Convocatoria a Propuesta 1/74, Programa RF-FL-TZ-5-26b, del Plan de Rehabilitación Ferroviaria.

 

ARTÍCULO 2.- Se autoriza la suscripción del respectivo contrato entre los personeros de la Empresa Nacional de Ferrocarriles y la firma "FEGOSA" con intervención de la Fiscalia de Gobierno y Contraloría General de la Republica, conforme a Ley y disposiciones legales vigentes.

 

El señor Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Gonzáles Fuentes, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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