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DECRETO SUPREMO Nº 12125

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Presupuesto Financiero del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrología correspondiente a la presente gestión fiscal ha sido agotado en sus diferentes partidas de gastos, no disponiendo en la actualidad con saldos para cumplir compromisos pendientes de pago y viabilidad proyectos que deben ejecutarse hasta la finalización del presente año.

 

Que, examinados los saldos del Presupuesto de la gestión anterior de 1973, se evidencia que este Organismo mantiene en su cuenta Bancaria la suma de $b. 293.940.- recursos que pueden ser empleados en el cumplimiento de obligaciones contraídas en el curso de la presente gestión fiscal, así como gastos a ejecutarse en el cuarto trimestre del presente año, previa su reversión al Tesoro General de la Nación.

 

Que, la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas en cumplimiento de la facultad que le otorga el Art. 9º del D.S. Nº 11358 de 22 de febrero de 1974, ha elaborado el correspondiente proyecto de Presupuesto Adicional, correspondiendo al Poder Ejecutivo determinar su aprobación legal.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología con cargo a fondos ordinarios del Tesoro Nacional, para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1974, por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.--288.940.-), de acuerdo al siguiente detalle:

 

INGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código

 

Fuente

 

Presupuesto Adicional

1974

 

 

 

 

 

 

 

 

I

NACIONALES

 

288.940.-

 

 

 

 

 

 

 

4.-

 

TRANSFERENCIAS

 

288.940.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil

(Tesoro Nacional)

 

 

 

288.940.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total :

 

288.940.-

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código

 

Descripción

 

Presupuesto Adicional

1974

 

 

200

 

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

 

60.000.-

 

230

 

 

TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE

 

 

30.000.-

 

 

231

 

 

Gastos por Pasajes

 

 

30.000.-

 

290

 

OTROS SERVICIOS

 

 

 

 

 

NO PERSONALES

 

30.000.-

 

 

291

 

 

Asignaciones Globales

 

 

30.000.-

 

300

 

MATERIALES Y SUMINISTROS

 

133.000.-

 

 

310

 

 

SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICACIONES

 

 

 

15.000.-

 

 

313

 

 

Suministros Varios de Oficina

 

 

15.000.-

 

320

 

SUMINISTROS GENERALES

 

8.000.-

 

 

324

 

 

Alimentos

 

 

8.000.-

 

 

330

 

 

SUMINISTROS PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO

 

 

 

110.000.-

 

 

 

 

 

 

 

332

 

Accesorios y Presupuestos para Maquinaria y Equipo.

 

 

60.000.-

 

335

 

Materiales para Construcción y Edificación.

 

60.000.-

 

400.-

 

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

 

90.940.-

 

 

 

 

 

 

 

480

 

MAQUINARIA Y EQUIPO

 

90.940.-

 

 

 

 

 

 

 

481

 

Equipo de Oficina y Muebles

 

90.940.-

 

 

 

 

T o t a l:

 

 

288.940.-

 

 

 

 

 

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treintiún días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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