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DECRETO SUPREMO N° 19418

DR. HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante D.S. No 16844 de 19 de julio de 1979, se amplió el plazo a los excombatientes de la Campaña del Chaco, a efecto de que presenten expedientes para la declaratoria de Beneméritos de la Patria.

 

Que no obstante el tiempo transcurrido, debido a la reciente presentación de solicitudes, se han acumulado gestiones en estado de revisión y procesamiento, que no podrán ser concluídas dentro del terminó previsto, por lo que corresponde atender las numerosas solicitudes fijando un nuevo plazo con carácter definitivo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Establécese como última prórroga hasta el 22 de febrero de 1986, para la presentación de expedientes de declaratoria de Beneméritos de la Patria.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional, y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y tres años.

 

FDO. DR. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Velarde Dorado, Mario Roncal Antezana, Arturo Núñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martínez, Javier Lupo Gamarra, Roberto Arnéz Villarroel, Javier Tórres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge Medina Pinedo, Oscar Villa Urioste, Horacio Tórres Guzmán, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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