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DECRETO SUPREMO N° 19369

DR. HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante nota No 015190 de 19 de noviembre del presente año, el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, solicita un Presupuesto Complementaria para el Instituto Nacional de Laboratorios Salud INLASA a fin de que dicho organismo pueda cubrir las necesidades de producción de Vacunas Antirrábicas.

 

Que dicho Presupuesto Complementario, se debe a que a raíz de la variación cambiaría y al constante alza de precios en los diferentes artículos, varias partidas de su presupuesto, especialmente la de producción de las indicadas vacunas quedaron sin saldos.

 

Que siendo de principal importancia la campaña de vacunación que cumple INLASA, es imprescindible regularizar su ejecución presupuestaria, por lo que habiéndose la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, pronunciado en forma favorable, corresponde determinar su aprobación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase un Presupuesto Complementario para el Instituto Nacional de Laboratorios de Salud INLASA, por la suma de CUATROCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 400.000.-) para el Programa 02 Administración de los Servicios de Salud, para la presente gestión fiscal de 1982, con cargo a recursos de Recaudaciones Especiales y de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

ORGANISMO : MINISTERIO DE PREVISION SOCIAL Y SALUD PUBLICA

 

CAPITULO I : FUNCIONAMIENTO

 

PROGRAMA 02 : ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD

 

SUBPROGRAMA 04 : FARMACOLOGIA Y LABORATORIO

 

ACTIVIDAD 02 : LABORATORIOS INLASA

 

RECURSOS : RECAUDACIONES ESPECIALES

 

 

 

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

 

 

Código

 

F u e n t e

Presupuesto

Complementario 1982

 

1

 

NACIONALES

 

400.000.-

 

5.-

 

Otros

 

400.000.-

5.1

Recaudaciones Especiales

400.000.-

 

 

T o t a l:

 

400.000.-

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por objeto del Gasto :

 

Código

 

Descripción

Presupuesto

Complementaria

1982

 

300

 

MATERIALES Y SUMINISTROS

 

400.000.-

 

320

 

Para usos Varios

 

400.000.-

 

323.5.1

 

Alimentos

 

100.000.-

326.5.1

Medicamentos, Farmacéuticos, Químicos y de Laboratorio

 

300.000.-

 

 

T o t a l :

 

400.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Previsión Social y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. DR. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Velarde Dorado, Mario Roncal Antezana, José Ortíz Mercado, Arturo Núñez del Prado, Ernesto Aranibar Quiroga, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martínez, Jorge Crespo Velasco, Roberto Arnez Villarroel, Mario Argandoña Yañez, Carlos Barragán Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge O Connor D Arlach, Jaime Ponce García, Oscar Villa Urioste, Horacio Tórres Guzmán, Hormando Vaca Diez, Jorge Gonzales Roda.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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