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DECRETO SUPREMO Nº 06513

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Supremo de 18 de junio de 1941 faculta el libre ingreso de los Profesores de Educación Física a todos los espectáculos deportivos, atendiendo a la misión específica de su profesión, con el sólo requisito de presentar el correspondiente carnet.

 

Que es necesario modificar el procedimiento para al concesión de los carnets de Profesores de Educación Física y Alumnos del Instituto Normal Superior de Educación Física.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Modifícase el artículo segundo del Decreto Supremo de 18 de junio de 1941 y dispónese que el Ministerio de Educación extenderá los carnets de Profesores de Educación Física y de Alumnos del Instituto Normal Superior de Educación Física Escolar, los que serán de carácter personal e intransferible.

 

El señor Ministro de Educación y Bellas Artes queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos sesenta y tres años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, A. Cuadros Sánchez, J. Antonio Arze Murillo, M. Guzmán Galarza, R. Jordán Pando, Gral. E. Nogales Ortiz, Simón Cuentas, J. L. Gutiérrez Granier, G. Jáuregui G.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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