TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 19208

GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Comando General del Ejército en sus presupuestos correspondientes a las gestiones 1980 y 1981, tiene un saldo no ejecutado de SETENTA Y UN MILLONES CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS 60/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 71.041.936.60) y NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVENTA Y UNO oo /lOO PESOS BOLIVIANOS ($b. 90.383.091.oo) respectivamente, que suman la cantidad de CIENTO SESENTA Y UN MILLONES CUATRO CIENTOS VEINTICINCO MIL VEINTISIETE 60/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 161.425.027.60), en los diferentes partidos presupuestarios debida a la falta oportuna de los desembolsos de parte del Tesoro General de la Nación.

 

Que, asimismo no habiéndose desembolsado duodécima alguna del presupuesto del de la presente gestión no obstante las múltiples necesidades para satisfacer los requerimientos del Ejército Nacional en todo el territorio de la República, se han utilizado estos recursos en partidas presupuestarias para la gestión 1982, permitiendo atender sus necesidades con la prontitud necesaria.

 

Que, para este fin corresponde emitir la respectiva disposición legal que autorice al Ministerio de Defensa Nacional regule dicho traspaso sobre fondos de gestiones pasadas y éstos ser utilizados en la presente gestión, por el Comando General del Ejército.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Autorizar al Ministerio de Defensa Nacional, disponer el traspado de los remanentes correspondientes a las gestiones, de 1980 y 1981 para ser utilizados en la presente gestión de 1982 por el Comando General del Ejército, en un monto total de $b. 161.425.027.60.

 

ARTÍCULO 2.- Se convalidan los gastos utilizados en la presente gestión de 1982 con los remanentes de gestiones 1980-1981 de acuerdo al siguiente detalle.

 

Partída

Detalle

Gasto 1982

210

Comunicaciones

3.724.640.99

212 * -

 

Energía Eléctrica y Agua

4.900.119.75

 

213

 

Publicidad é Imprenta

 

597.278.10

221

 

Pasajes y Viáticos

 

13.887.540.16

 

222

 

Fletes y Almacenamiento

 

5.945.484.62

 

225

 

Seguros

 

2.716.749.24

 

231

 

Edificios y Terrenos

 

45.000.oo

 

232

 

Equipos y Maquinaria

 

5.250.oo

 

241

 

Edificios é Instalaciones

 

300.oo

 

242

 

Maquinaria y Equipo

 

808.763.83

 

251

 

Médicos, Sanitarios y Sociales

319.716.82

 

253

 

Comisiones y Gastos Bancarios

470.571.32

 

262.1

 

Imprevistos

 

37.380.211.18

 

263

 

Gastos Reservados

 

8.047.382.oo

 

311

 

Papelería y Suministros

 

7.376.100.27

 

321

 

Limpieza y usos domésticos

 

119.472.83

 

322

 

Vestuario y Equipo

 

2. 140. 857.oo

 

325. y

 

Lubricantes y Combustibles

 

25.355.oo

 

326

 

Médicos, Farmacéuticos, Químicos

 

 

 

 

y de Laboratio

 

6.948.474.18

 

327

 

Construcciones y Edificaciones

 

23.258.019.14

 

328

 

Accesorios, Respuestos y Herramientas menores

 

 

2.399.123.79

 

 

329

 

Otros materiales y Suministros

 

 

2.628.330.25

 

411

 

Terrenos

 

496.798.oo

 

431

 

Maquinaria y Equipo de Oficina

 

8.179.724.43

 

433

 

Equipo de Transporte, Tracción y Elevación

 

 

25.339.601.20

 

434.

 

Equipo Médico y de Laboratotorio

 

 

929.740.oo

 

 

435

H>

 

Equipo de Comunicaciones

 

432.049.oo

 

438

 

Otra maquinaria y Equipo

 

2.019.888.oo

 

711

 

Pensiones, Donaciones y Premios

 

282.486.50.

 

 

 

161.425.027.60

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Agustín Saavedra Weise, Edgar Rojas Ruíz, Alfredo Villarroel Barja, Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremadoiro García, Raúl Soria Ruíz, Julio Villagomez Vargas, Octavio Villavicencio Q., Víctor Hugo Balderrama Casanovas, Augusto Sánchez Valle, Dorian Gorena Urízar Manuel Luján Alba, Alfredo Careaga Guereca, José Antonio Oña Costas, Luís Peñaranda Beltrán.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|