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DECRETO SUPREMO Nº 24497

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Corte Nacional Electoral está constituida por cinco vocales, elegidos como ciudadanos idóneos que garanticen su autonomía, independencia e imparcialidad, siendo atribución legal del Presidente de la República nombrar a uno de ellos mediante decreto supremo, según el artículo 25 de la Ley Electoral 1246 de 5 de julio de 1,991 reformado por el artículo 25 de la Ley 1453 de 15 de febrero de 1,993.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Se nombra al ciudadano Dr. ROLANDO COSTA ARDUZ, VOCAL TITULAR de la Corte Nacional Electoral en representación del Poder Ejecutivo, quien será posesionado en sus funciones, conforme a ley.

El señor Ministro de Estado en el despacho de Gobierno queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete años.

FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcazar G., Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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