DECRETO SUPREMO N° 19940
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Defensa Nacional de conformidad con sus específicas atribuciones, debe adquirir implementos militares, vestuario y equipo para cubrir las necesidades de los miembros de las Fuerzas Armadas de la Nación.
Que mediante Decreto Supremo No. 19597 de 14 de junio de 1983, se aprobó las adjudicaciones realizada por la H. Junta de Licitaciones del Ministerio de Defensa Nacional para la adquisición de implementos militares, autorizando en su Art. 2o. la adquisición directa de los items declarados desiertos.
Que en aplicación del Art. 4o del Reglamento Interno de Adquisiciones de las FF.AA. el Ministerio de Defensa Nacional, mediante la Dirección General de Logística e Instalaciones Militares, ha recabado cuatro cotizaciones dé diferentes firmas legalmente establecidas en el país, para la provisión de Clase II.
Que previa consideración y análisis del cuadro comparativo se adjudicó la provisión de los Items Nos. 21, 18, 17, 14, 13, 12, 15, 10, 9, 8, 7, 6, 53, 39, 38, 37, 36, 35, 34, 33, 23, 52, 44, 121, 57, 54, 42, 41, 111, 110, y 109 en favor de la firma ALMACENES “SAN ANTONIO” CHAMON Y CIA., por el costo total de $b. 223.521.000, por lo que corresponde dictar la norma legal pertinente. . '
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, la adquisición directa de ALMACENES “SAN ANTONIO” CHAMON Y CIA., de los siguientes artículos.
ITEM
CONCEPTO
CANTIDAD
VALOR
UNITARIO
VALOR
TOTAL
21
Yute para enfardelar
3.000 m.
2.100.-
6.300.000
18
Kaki camuflado nacional
1.500 m.
2.574.-
3.861.000
17
Kaki verde nacional
4.000 m.
1.925.-
7.700.000
14
Tocuyo “D” para bolsillos
8.000 m.
870.-
6.960.000
13
Opal industrial nacional
10.000 m.
700.-
7.000.000
12
Popelina blanca p. forros
2.000 m.
1.325.-
2.650.000
15
Terciopelo negro de primera cal.
500 m.
9.200.-
4.600.000
10
Polyester algodón 1.15 ancho kaki
2.000 m.
1.625.-
3.250.000
9
Percalina rayada de prim. cal.
11.000 m.
1.400.-
15.400.000
8
Forro de seda de prim. cal.
12.000 m.
1.700.-
20.400.000
7
Entretela yute, inglesa
11.000 m.
1.400.-
15.400.000
6
Entretela óptima ind. inglesa
10.000 m.
1.800.-
18.000.000
53
Guantes Blancos Imp. p. of.
1.000 pares
5.320.-
5.320.000
39
Tohallas
1.000 pzas.
1.300.-
1.300.000
38
Poleras blancas nacionales
1.000 pzas.
725.-
725.000
37
Ropa interior corta nacional
1.000 pzas.
2.325.-
2.325.000
36
Calzoncillos para Tropa
1.000 pzas.
820.-
820.000
35
Chompas de lana para Tropa
1.000 pzas.
5.150.-
5.150.000
34
Cubrecamas de piqué
1.000 pzas.
3.650.-
3.650.000
33
Sábanas de Bramante
1.000 jgos.
6.250.-
6.250.000
23
Cinta negra para gorra naval
3.000 m.
625.-
1.875.000
52
Cinturón de lona para pantalón
1.5000 pzas.
1.340.-
2.010.000
44
Pañuelos para tropa
4.000 pzas.
430.-
1.720.000
121
Botones para camisa
200 grz.
2.400.-
480.000
57
Corbatas negras p. oficiales
1.000 pzas.
4.360.-
4.360.000
54
Guantes negros importados
500 pores
7.250.-
3.625.000
42
Medias de lana para Tropa color negro
3.000 pares
930.-
2.790.000
41
Calcetines finos color negro p. oficiales
3.000 pares
1.325.-
3.975.000
111
Hilo de seda para punto
15.000 canutos
1.500.-
22.500.000
110
Hilo de seda para ojal
11.000 “ ..-
1.500.-
16.500.000
109
Hilo de 1.000 yardas
15.000 bobinas
1.775.-
26.625.000
$bs.
223.521.000
ARTÍCULO 2.- La presente adquisición será cancelada con cargo a la cuenta 9-801 del Presupuesto de Defensa Nacional, gestión 1983.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional, Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Fernando Baptista Gumucio, Roberto Jordán Pando, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martínez, Humberto Mur Gutierrez, Horst Grebe López, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Simón Yampara, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce Garcia, Oscar Villa Urioste, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Benjamín Miguel Harb.