TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

DECRETO SUPREMO N° 19830

DECRETO SUPREMO N° 19863

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la COB , presentó un pliego económico de peticiones al Gobierno.

 

Que, es necesario darle la categoría de instrumento legal correspondiente a los acuerdos entre el Gobierno y la COB, respecto a su pliego de peticiones.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Otórgase un bono de $b. 22,500.- por única vez a todos los trabajadores del país, tanto del sector público como privado, pagaderos en 3 cuotas mensuales de $b. 7.500.-

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El bono mencionado debe hacerse efectivo en los meses de noviembre, diciembre, del presente año y enero del próximo año.

 

ARTÍCULO TERCERO.- El bono dispuesto por el presente Decreto Supremo, queda exento de descuentos de cualquier naturaleza.

 

ARTÍCULO CUARTO.- Quedan excluidos de los alcances del presente Decreto Supremo, todos aquellos trabajadores que perciben un sueldo o salario mensual mayor a $b. 75,000.

 

Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y tres años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Federico Alvares Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Roberto Jordán Pando, Fernando Baptista Gumucio, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martinez, Humberto Mur Gutierrez, Ramiro Barrehechea, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Simon Yampara, Jorge Medina Pinedo, Jorge Agreda Valderrama, Benjamín Miguel Harb, Urbanismo y Vivienda a.i. Mario Rueda Peña, Oscar Villa Urioste.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|