DECRETO SUPREMO Nº 23224
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la ley 1231 de 7 de febrero de 1,991 aprobó el presupuesto general de la nación, para su vigencia durante la gestión fiscal de 1,991;
Que el Prefecto y Comandante General del departamento de Potosí solicitó la aprobación de un presupuesto adicional para su prefectura, con el propósito de mejorar los servicios que presta a la sociedad, financiado con el incremento de ingresos mediante el ajuste tarifario implementado en la entidad por legalizaciones, protocolizaciones, inscripción de testimonios, etc.;
Que requería también modificaciones presupuestarias que permitieran cumplir sus objetivos y metas para la gestión 1,991 razón que le decidió reforzar estas partidas, siendo necesaria la correspondiente norma legal;
Que el artículo 96-7 de la Constitución Política del Estado faculta al presidente de la República proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, concordantemente con el artículo 7 de la ley 1231.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase en favor de la PREFECTURA DEPARTAMENTAL DE POTOSI, sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional, gestión 1,991, por DIECIOCHO MIL 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 18.000.-), con ingresos propios que no fueron previstos en la ley 1231 de 7 de febrero de 1,991, así como también las modificaciones presupuestarias detalladas a continuación, por la suma de QUINCE MIL CINCUENTA Y UN 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 15.051.-):
I PRESUPUESTO ADICIONAL
PRESUPUESTO DE RECURSOS
(EN BOLIVIANOS)
PRESUPUESTO
PRESUPUESTO
TOTAL
APROBADO
ADICIONAL
1150000
Otros ingresos no tributarios propios
22.825
18.000
40.825
1158000
Otros
22.825
18.000
40.825
T O T A L
22.825
18.000
40.825
PRESUPUESTO POR OBJETO
DEL GASTO
ORGANISMO 11240360 : PREFECTURA DEPARTAMENTAL DE POTOSI
PROGRAMA 10 : ADMINISTRACION DEPARTAMENTAL
ACTIVIDAD 01 : DIRECCION Y COORDINACION
GASTOS : CORRIENTES
RECURSOS : OTROS
GESTION : 1,991
(EN BOLIVIANOS)
PRESUPUESTO
PRESUPUESTO
TOTAL
APROBADO/91
ADICIONAL
200
SERVICIOS NO PERSONALES
14.061
14.061
210
Servicios básicos
3.575
3.575
211
Comunicaciones
3.575
3.575
220
Servicio de transporte y seguros
5.882
5.882
221
Pasajes
1.000
1.000
222
Viáticos
4.882
4.882
240
Mantenimiento y reparaciones
1.500
1.500
241
Edificios y equipos
1.500
1.500
250
servicios profesionales y comerciales
1.000
1.000
255
Publicidad
1.000
1.000
260
Otros servicios no personales
2.104
2.104
266
Otros servicios no personales
2.104
2.104
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
8.764
11.245
20.009
310
Alimentos y productos agroforestales
1.000
3.763
4.763
311
Alimentos y bebidas para personas
1.000
3.763
4.763
340
Prod. de papel, carton e impresos
1.500
2.006
3.506
341
Papel de escritorio
1.500
1.500
346
Periódicos
2.006
2.006
350
Productos de cuero y caucho
1.000
1.000
354
Llantas y Neumáticos
1.000
1.000
360
Productos químicos, combustibles y lubricantes
1.934
4.136
6.070
362
Combustibles y Lumbricantes
1.934
4.136
6.070
380
Productos metálicos
500
500
386
Herramientas Menores
500
500
390
Productos varios
2.830
1.340
4.170
391
Material de Limpieza
1.830
1.830
395
Utiles de escritorio y oficina
1.000
540
1.540
397
Utiles y materiales eléctricos
800
800
900
OTROS GASTOS DE LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS
6.755
6.755
940
Beneficios sociales
6.755
6.755
941
Indemnizaciones
4.500
4.500
942
Desahucio
2.255
2.255
T O T A L
22.825
18.000
40.825
II TRASPASOS DE APROPIACIONES PRESUPUESTARIAS
ORGANISMO 11240360 : PREFECTURA DEPARTAMENTAL DE POTOSI
PROGRAMA 10 : ADMINISTRACION DEPARTAMENTAL
ACTIVIDAD 01 : DIRECCION Y COORDINACION
GASTOS : CORRIENTES
RECURSOS : TESORO NACIONAL
GESTION : 1,991
(EN BOLIVIANOS)
DE:
CODIGO DESCRIPCION
200 SERVICIOS NO PERSONALES 15.051.-
210 Servicios básicos 15.051.-
211 Comunicaciones 3.583.-
212 Energía electrica y agua 11.468.-
T O T A L 15.051.-
A:
CODIGO DESCRIPCION
200 SERVICIOS NO PERSONALES 15.051.-
220 Servicios de transporte y seguros 3.583.-
222 Viáticos 3.583.-
250 Servicios prof. y comerciales 11.468.-
255 Publicidad 11.468.-
T O T A L 15.051.-
El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de julio de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. LUIS OSSIO SANJINES, Presidente Constitucional Interino de la Republica, Manfredo Kempff Suárez Min. RR. EE. y Culto a.i., Marco A. Oviedo Huerta Min. Interior, Migración Justicia y D. Social a.i., Mario Catacora Landívar Min. Presidencia de la República a.i., Hernan Lara Paravicini Min. Defensa Nacional a.i., Jorge Landívar Roca, Carlos A. López Quiroga Min. Planeamiento y Coordinación a.i., Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.