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DECRETO SUPREMO Nº 25107

 

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que el Gobierno de la República Federal de Alemania ha acordado conceder a la República de Bolivia, mediante el Kreditanstalt fur Wiederaufbau, un préstamo por DM. 10.000.000 destinado a financiar el programa "Ayuda en Mercancías V." exclusivamente para financiamiento del pago de divisas resultantes de la adquisición de bienes y servicios de uso civil, con destino a cubrir necesidades corrientes, así como los costos en divisas y en moneda local por transporte, seguros y montaje relacionados con la importación de los bienes financiados;

 

Que es necesario autorizar la suscripción del respectivo contrato de préstamo, a objeto de concretar el financiamiento.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS

 

D E C R E T A :

 

ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Ministro de Hacienda suscribir con el Kreditanstalt Fur Wiederaufbau de Alemania, en nombre del Gobierno de la República de Bolivia, el correspondiente contrato de préstamo, por un monto hasta DIEZ MILLONES DE MARCOS ALEMANES (DM. 10.000.000.-), destinado a financiar el programa "Ayuda en Mercancías V".

 

El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho años.

 

FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Rafael Canedo Trigo, MINISTRO INTERINO DE GOBIERNO, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Juan Antonio Chain Lupo, MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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