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Bolivia


Resultado de la busqueda "26516"

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Publicado en edición: 2380 | Fecha de Publicación: 2002-03-08 | Visitas: ( 428 )

Decreto Supremo N° 26516

21 DE FEBRERO DE 2002 .- Cuando así lo establezcan los convenios de donación o crédito, las entidades beneficiarias ejecutoras directas, deberán financiar la contraparte convenida incluyendo los impuestos correspondientes en las actividades financiadas por la cooperación internacional.


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