Página 1 de 1 // mostrando normas 1 - 1 // 1 en total
Resultado de la busqueda "11782"
Publicado en edición: 738 | Fecha de Publicación: 1974-09-12 | Visitas: ( 166 )
Decreto Supremo N° 11782
12 DE SEPTIEMBRE DE 1974 .- Todo abogado para el ejercicio de su profesión, deberá matricularse obligatoriamente en el Colegio de Abogados del asiento principal de sus funciones.
<< previo
| siguiente >>