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Bolivia


Resultado de la busqueda "11782"

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Publicado en edición: 738 | Fecha de Publicación: 1974-09-12 | Visitas: ( 166 )

Decreto Supremo N° 11782

12 DE SEPTIEMBRE DE 1974 .- Todo abogado para el ejercicio de su profesión, deberá matricularse obligatoriamente en el Colegio de Abogados del asiento principal de sus funciones.


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