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DECRETO SUPREMO N° 17566

GRAL. BRIG. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Comando General de la Policía Nacional, con autorización del Ministerio del Interior, Migración y Justicia y la Contraloría General de la República, ha convocado a propuestas para la provisión de víveres con destino a los miembros de la citada Institución, en sujeción a normas y procedimientos establecidos al efecto.

 

Que la Junta de Almonedas, en sus reuniones de fechas 23 de mayo y 25 de junio del año en curso, de acuerdo al informe de la Comisión Evaluadora de Propuestas y en razón de no haberse presentado concursantes para la provisión de artículos de primera necesidad consistentes en azúcar, arroz y harina blanca, ha autorizado la adquisición directa de las principales firmas o empresas proveedoras del país.

 

Que la dotación de alimentos al personal de Polícia Nacional, constituye una necesidad impostergable para alivianar sus necesidades de subsistencia, teniendo en cuenta que los fondos respectivos están contemplados en el Presupuesto General de la Nación.

 

Que en consecuencia, habiéndose cumplido con los requisitos señalados por el Decreto Ley de Adquisiciones del Sector Público No 15223, corresponde aprobar la determinación de la Junta de Almonedas.

 

POR TANTO:

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la determinación de la Junta de Almonedas en sus reuniones de fechas 23 de mayo y 25 de junio del año en curso, por la que se autoriza al Comando General de la Policía Nacional, la adquisición directa de víveres para su distribución a los miembros de dicha Institución en dos partidas, de acuerdo al siguiente detalle:

 

DE LA CORPORACION BOLIVIANA DE FOMENTO:

10.984 qq. de azúcar a razón de $b. 600.oo el quintal con valor total de …………………………………………….......

 

$b.

6.590.400,oo

DE LA EMPRESA NACIONAL DEL ARROZ:

10.984 qq, de arroz popular a razón de $b. 775.oo el quintal con valor total de ……………………………………………

 

$b.

8.512.600,oo

DE SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL INDUSTRIAL 10.984 qq. de harina blanca al precio de $b. 300.45 el quintal con valor total de …..………………………………..

(SACI)

 

$b.

3.300.142,80

 

SUMA TOTAL ……………………………………………..

 

$b.

18.403.142,80

 

 

 

 

ARTÍCULO 2.- El importe total de estas adquisiciones que alcanza a la suma de DIEZ Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL CIENTO CUARENTA Y DOS 80/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 18.403.142.80), será cancelado con imputación a los siguientes códigos: 300 MATERIALES Y SUMINISTROS, 320 Para Usos Varios y 323 Alimentos, previstos en el Programa 02 del Presupuesto de Servicios No Personales de la Policía Nacional, correspondiente a la presente gestión.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. GRAL. BRIG. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderon de la Barca, Luis Arce Gómez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jose Sanchez Calderon, Ariel Coca Aguirre, Rene Guzman Fortun, Mario Guzmán Moreno, Augusto Calderon Miranda, Carlos Morales Nuñéz del Prado, Julio Molina Suarez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barron, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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