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DECRETO SUPREMO N° 10574

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, por D.S. N° 10550 de 27 de octubre del presente año, el Supremo Gobierno de la Nación aprobó la ley de Estabilización monetaria, disposición legal mediante la cual se adoptaron medidas de orden monetario y financiero;

 

Que, el capítulo II del régimen de salarios de la merituada norma establece el bono de compensación social con carácter general, lo que involucra una mayor erogación para el Tesoro Nacional;

 

Que, el D.S. N° 10248 de 9 de mayo de 1972, aprobó el presupuesto consolidado del Sector Público de la presente gestión fiscal, sin contemplar dicho incremento presupuestario;

 

Que, se hace necesario aprobar un presupuesto adicional del Sector Público para encarar la nueva situación financiera del país, en base a los cálculos efectuados por el Ministerio de Finanzas, a los efectos de lograr un normal desenvolvimiento de sus actividades y consiguiente racionalización del gasto público con el objeto de finalizar la gestión vigente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Sector Público, que recibe recursos del Tesoro Nacional, para sufragar las erogaciones emergentes de la ejecución del Decreto de Estabilización Monetaria, hasta la finalización de la gestión en curso, de acuerdo al siguiente detalle:

 

I N G R E S O S (En Pesos Bolivianos)   RESUMEN DE INGRESOS POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:   Código Fuente Presupuesto 1972   1   NACIONALES     106.528.400.- 1.- Tesoro Nacional   106.528.400.-   Total: 106.528.400.- E G R E S O S (En Pesos Bolivianos)   1.- CLASIFICACION INSTITUCIONAL:   Grupo Organismo Presupuesto Adicional 1972   A.-   ADMINISTRACION CENTRAL     103.611.800.- 1.- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA   1.005.100.- 1.1 Secretaría General 124.300.- 1.2 Secretaría del Consejo Nacional de Economía y Planificación   144.100.- 1.3 Junta Nacional de Desarrollo Social     736.700.- 2.- MINISTERIOS DE ESTADO   102.606.700.- 2.1 Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto   3.279.600.- 2.2 Ministerio del Interior, Migración y Justicia   8.882.400.- 2.3 Ministerio de Defensa Nacional 23.462.000.- 2.4 Ministerio de Finanzas 2.399.100.- 2.5 Ministerio de Educación y Cultura 20.509.700.- 2.6 Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronautica Civil   13.974.900.- 2.7 Ministerio de Industria, Comercio y Turismo 97.100.- 2.8 Ministerio de Agricultura y Ganadería 502.900.- 2.9 Ministerio de Trabajo y Asuntos Sindicales 181.200.- 2.10 Ministerio de Previsión Social y Salud Pública   2.886.500.- 2.11 Ministerio de Minería y Metalurgia 82.800.- 2.12 Ministerio de Asuntos Campesinos 77.300.- 2.13 Ministerio de Información y Deportes   143.600.- 2.14 Ministerio Energía e Hidrocarburos   23.900.- 2.15 Ministerio de Urbanismo y Vivienda   141.800.- 2.16 Ministerio de Estado 2.300.- 2.18 Poder Judicial 563.100.- 2.19 Tribunal Fiscal 14.500.- 2.20 Deuda Pública 23.461.300.- 2.21 Organismos Internacionales   1.920.700.- B.- ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA     2.916.600.- 2.- INSTITUCIONES PUBLICAS   2.916.600.- 2.1 Contraloría General de la República   370.500.- 2.2 Consejo Nacional de Seguridad 8.200.- 2.3 Instituto Superior de Administración Pública   23.300.- 2.4 Instituto Nacional de Estadística 56.300.- 2.5 Acción Cívica Nacional 10.400.- 2.6 Servicio Geodésico de Mapas 226.600.- 2.8 Servicio de Hidrografía Naval 3.900.- 2.17 Servicio Nacional de Caminos 1.237.600.- 2.19 Servicio Nacional de Meteorología é Hidrología   128.400.- 2.22 Instituto Nacional de Inversiones 21.100.- 2.25 Proyecto Abapó-Izozog-Ocuitas 67.000.- 2.27 Centro Privado de Formación Técnica y Artesanal   7.300.- 2.28 Servicio Nacional de Formación Profesional de la Mano de Obra   12.800.- 2.38 Servicio Geológico de Bolivia 53.100.- 2.39 Instituto de Investigaciones Minero-Metalúrgicas   51.300.- 2.40 Comisión Boliviana de Energía Nuclear   41.400.- 2.42 Consejo Nacional de Reforma Agraria   179.400.- 2.43 Servicio Nacional de Desarrollo de la Comunidad   202.600.- 2.44 Instituto Nacional de Colonización 158.000.- 2.45 Comité Nacional de Deportes 15.000.- 2.46 Comité Olímpico Boliviano 1.200.- 2.47 Instituto Nacional de Electrificación Rural   14.500.- 2.51 Corporación de Aguas Potables 23.300.- 2.52 Servicio Nacional de Desarrollo Urbano     8.400.-   Total: 106.528.400.- 2.- CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO: Código Descripción Presupuesto Adicional 1972   100   SERVICIOS PERSONALES     41.823.100.- 110 EMPLEADOS PERMANENTES   41.823.100.- 111 Haberes Básicos 1.593.900.- 113 Bonos   40.229.200.- 200 SERVICIOS NO PERSONALES   24.694.500.- 230 TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE   412.500.- 231 Gastos por Pasajes 263.000.- 232 Viáticos   149.500.- 250 ALQUILERES   127.000.- 251 Edificios y Terrenos 127.000.- 290 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES     24.155.000.- 291 Asignaciones Globales 4.772.200.- 292 Otros Servicios No Personales 19.382.800.- 300 MATERIALES Y SUMINISTROS   1.439.200.- 310 SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICACIONES   141.300.- 311 Papelería 100.000.- 313 Suministros Varios de Oficina   41.300.- 320 SUMINISTROS GENERALES   1.194.900.- 324 Alimentos   1.194.900.- 330 SUMINISTROS PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO     103.000.- 331 Lubricantes y Combustibles   103.000.- 500 DEUDA PUBLICA   23.461.300.- 520 DEUDA PUBLICA EXTERNA 23.461.300.- 521 Amortización 15.035.700.- 522 Intereses 8.425.600.- 700 TRANSFERENCIAS   7.782.700.- 720 TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PUBLICO     7.628.600.-   B. POR SUBSIDIOS O SUBVENSIONES     7.628.600.- 726 ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA     7.628.600.-   3.- Empresas Públicas 7.628.600.- 727 ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA     154.100.-   2.- Administración Departamental   154.100.- 800 APORTACIONES   7.327.600.- 810 A ORGANISMOS INTERNACIONALES POR ESTADO MIEMBRO   1.920.700.- 811 Cuota Regular 1.661.200.- 823 Cuotas Devengadas   259.500.- 830 APORTE LOCAL POR CONVENIO DE PRESTAMO     5.406.900.-   TOTAL: 106.528.400.-      

 

Los señores Ministros de Estado en sus correspondientes Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Arturo Cronenbold Parada, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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