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DECRETO SUPREMO N° 16842

GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante D.L. No 16155 del 1o de febrero de 1979, fué aprobado el Presupuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión, fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, así como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno de la Nación, é impulsar el desarrollo económico y social del país.

 

Que, la suma aprobada para el Ministerio de Planeamiento y Coordinación en el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se debe disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraídas con cargo a recursos del Tesoro Nacional.

 

Que, la Comisión de Integración de Servicios del Sector Educativo (COMISEN), requiere para su funcionamiento un aporte local con cargo a recursos del Tesoro General de la Nación, dentro el Convenio de Crédito No Reembolsable suscrito por el Supremo Gobierno con el Banco Interamericano de Desarrollo a fín de que llene sus específicas funciones por la que ha sido creada.

Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente que determina la procedencia de la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Planeamiento y Coordinación a fin de reforzar el presupuesto de la gestión 1979 con cargo a recursos del Tesoro Nacional de la presente gestión fiscal, por la suma de TRES MILLONES SETENTA MIL SEISCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b 3.600.000), de acuerdo al siguiente detalle:

 

PROGRAMA 01 : PLANEAMIENTO Y COORDINACION

RECURSOS : TESORO NACIONAL

 

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

 

Código

Fuente

Presupuesto

Adicional

1979

I

NACIONALES

3.060.600.--

1.

Tesoro Nacional

3.060.600.--

 

 

 

 

Total:

3.060.600.--

 

 

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

Código

Descripción

Presupuesto

Adicional 1979

Sub-Progra-ma 01Adm.

y Dir. Sup.

Sub-Progra-

ma 05

Direc.

COMISEN

100

SERVICIOS PERSONALES

2.700.600

1.842.900

857.700.-

 

 

 

 

 

110

Empleados Permanentes

2.600.600

1.842.900

757.700.-

111

Haberes Básicos

180.700

116.800

663.900.-

112

Categorías

15.000

10.000

5.000.-

113

Bonificaciones

2.016.500

1.441.400

575.100.-

114

Aguinaldos

366.200

259.700

106.500.-

116

Asignaciones Familiares

22.200

15.000

7.200.-

120

Empleados No Permanentes

100.000

 

100.000.-

 

 

 

 

 

400

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

360.000

 

360.000.-

430

Maquinaria y Equipo

360.000

 

360.000.-

431

Equipo de Oficina y Muebles

Totales:

360.000

3.060.600

 

1.842.900

360.000.-

1.217.700.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmón, Javier Alcoreza Melgarejo, Simón Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodríguez, Hermes Fellman Forteza, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarría.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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