DECRETO SUPREMO Nº 17017
GRAL. DIV. DAVID PADILLA
ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE
GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante D.L. No 16155 de 1o de febrero de 1979, fué aprobado el Prepuesto del Sector Público, correspondiente a la presente gestión fiscal, con el objeto de ejecutar una adecuada racionalización del gasto público, asi como la política financiera trazada por el Supremo Gobierno de la Nación, é impulsar el desarrollo económico y social del país.
Que, la suma aprobada para la Corporación Regional de Desarrollo del Beni (CODEBENI) en el referido Decreto Ley, es insuficiente para atender los nuevos requerimientos de dicha dependencia, de consiguiente se debe disponer la aprobación de un Presupuesto Adicional, que le permita solventar las obligaciones contraidas con cargo a recursos propios.
Que, la Corporación Regional de Desarrollo del Beni, al momento de programarse la gestión presupuestaria vigente, no contaba con la cuantificación de sus ingresos por concepto del 43 o/o sobre consumo de cerveza dentro del Departamento, y al presente se han proporcionado dichos datos, que les permite mayores recaudaciones destinadas al pago del incremento salarial de 500 $b. mensuales al sector de trabajadores de la construcción que tienen bajo su dependencia.
Que, por los anteriores antecedentes la Dirección General de Presupuesto dependiente del Ministerio de Finanzas, ha elaborado el informe correspondiente que determina la procedencia de la aprobación del Presupuesto Adicional solicitado por el referido Servicio.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Corporación Regional de Desarrollo del Beni (CODEBENI) a fin de reforzar el presupuesto de la gestión 1979, con cargo a Recursos Propios por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.450.800), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
ORGANISMO : CORPORACION DE DESARROLLO
DEL BENI (CODEBENI)
CAPITULO : FUNCIONAMIENTO
PROGRAMA 01 : ADMINISTRACION GENERAL
RECURSOS : PROPIOS
I N G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código
Fuente
Presupuesto
Adicional
1979
I
NACIONALES
2.450.800.--
2.-
Recursos Propios
2.450.800.--
43% sobre Consumo de Cerveza Deptal.
2.182.000.--
Impuesto subre ventas
268.800.--
T o t a l :
2.450.800.--
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación del Programa por Objeto del Gasto:
Código
Descripción
Presupuesto
Adicional
1979
100
SERVICIOS PERSONALES
503.200.--
110
Empleados Permanentes
419.700.--
113.2
Bonificaciones
379.500.--
114.2
Aguinaldos
40.200.--
130
Previsión Social
83.500.--
131.2
Aporte Patronal al Seguro Social (CNSS)
75.900.--
132.2
Aporte Patronal para Vivienda (CONAVI)
7.600.--
200
SERVICIOS NO PERSONALES
370.000.--
210
Servicios Básicos
140 000.--
211.2
Comunicaciones
20.000.--
212.2
Energía Eléctrica y Agua
100.000.--
213.2
Publicidad
10.000.--
214.2
Imprenta
10.000.--
220
Servicios de Transporte y Seguros
80.000.--
221.2
Pasajes
30.000.--
222.2
Viáticos
50.000.--
240
Mantenimiento y Reparaciones
40.000.--
241.2
Edificios y Equipos
40.000.--
250
Servicios Profesionales y Comerciales
60.000.--
252.2
Estudios, Investigaciones y Proyectos
40.000.--
253.2
Comisiones y Gastos Bancarios
20.000.--
260
Otros Servicios No Personales
50.000.--
261.2
Tributos y otros Gravámenes
10.000.--
262.2
Asignaciones Globales
40.000.--
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
60.000.--
320
Para Usos Varios
60.000.--
321.2
Limpieza y Usos Domésticos
10.000.--
323.2
Alimentos
30.000.--
328.2
Accesorios, Presupuestos y Herramientas Menores
20.000.--
400
ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS
130.000.--
430
Maquinaria y Equipo
100.000.--
431.2
Equipo de Oficina y Muebles
100.000.--
440
Activos Financieros
30.000.--
441.2
Títulos y Valores
30.000.--
500
DEUDA PUBLICA
995.100.--
510
Interna
995.100.--
511.2
Amortización
780.100.--
512.2
Intereses
215.000.--
600
RESERVAS
392.500.--
620.2
Sociales
392.500.--
Beneficios Sociales
392.500.--
T o t a l :
2.450.800.--
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos dias del mes de agosto de mil novecientos setenta y nueve años.
FDO. GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Jorge Escobari Cusicanqui Raúl López Leytón, Ismael Saavedra Sandoval, Gary Prado Salmon, Javier Alcoreza Melgarejo, Simon Sejas Tordoya, Juan Muñoz Revollo, Oscar Pammo Rodriguez, Hermes Fellman Forteza, Jorge Echazú Aguirre, Felix Villarroel Terán, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomon Soria, Jaime Arancibia Echavarria.