DECRETO LEY N° 19165
GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Ley No. 19074 de fecha 15 de julio de 1982, se determina la creación de dos entidades financieras de economía mixta, en sustitución del Banco Agrícola que desvirtúa el sentido del Crédito agropecuario de fomento, por cuanto la presencia del sector privado daría lugar a la fijación de tasas de interés diferenciales, atentando de esta manera al sector agropecuario y en especial a los pequeños agricultores.
Que, al no haberse implementado los dos nuevos bancos, denominados Banco Rural y Banco de Crédito Agropecuario creados por Decreto Ley No. 19074, se ha puesto en situación dificil a los agricultores que requieren contar con un ente de financiamientos especializados que otorgue créditos y vele por la continuidad de la producción y agrícola y el reabastecimiento oportuno de los mercados nacionales.
Que, a fin de dinamizar la política agropecuaria nacional, el Banco Agrícola de Bolivia debe ser reorganizado administrativa y financieramente con la participación de los organismos que, por su competencia, tienen relación con dicha Institución.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Abrógase el Decreto Ley No. 19074 de fecha 15 de julio de 1982, restituyendo al Banco Agrícola de Bolivia sus funciones y atribuciones que le otorga su Ley Orgánica. Estatutos y Reglamentos.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación, Finanzas y Asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Agustín Saavedra Weise, Edgar Rojas Ruiz, Alfredo Villarroel Barja, Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremadoiro García, Raúl Soria Ruiz, Julio Villagomez Vargas, Octavio Villavicencio Quintanilla, Victor Hugo Balderrama Casanovas, Augusto Sanchez Valle, Dorian Gorena Urizar, Manuel Luján Alba, Alfredo Careaga Guereca, José Antonio Oña Costas, Luis Peñaranda Beltrán.