Pasar al contenido principal
Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 20487

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

 

Que, por Resolución Ministerial No. 3870 de fecha 27 de abril de 1983, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones creó una Comisión de alto nivel encargada de evaluar las condiciones adecuadas para una total integración de servicios de DITER a ENTEL.

 

Que, es política del Gobierno Democrático través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, modernizar y ampliar estos importantes medios de Telecomunicación a grandes sectores de la nacionalidad, mediante la implementación de medios adecuados que permitan la integración del sector.

 

Que para el cumplimiento de este objetivo, se hace necesario integrar medios y servicios que se encuentran en actual explotación a cargo de ENTEL y DITER.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Dispónese la integración total de personal, servicios y patrimonio activo y pasivo de la Dirección General de Telecomunicaciones Rurales (DITER) a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL).

 

ARTÍCULO 2.- En el plazo de cien (100) días a partir de la fecha, se organizará una nueva estructura integrada de la Empresa, Nacional de Telecomunicaciones tomando en cuenta los parametros siguientes:

 

POLITICA EMPRESARIAL

 

- Objetivos

- Metas y estrategias.

 

AREA DE RECURSOS HUMANOS

 

- Salarios

- Beneficios Sociales

- Capacitación.

 

AREA TECNICA

 

- Planes de desarrollo

- Proyectos

- Equipamiento

 

AREA JURIDICA

 

- Patrimonios

- Disposiciones legales

 

ARTÍCULO 3.- Créase un Consejo de integración de DITER a ENTEL, compuesto en la siguiente forma:

 

  • Presidente

  • Rep. del Min. de Trans. y Comunicaciones.

  • Rep. del Sector

  • Rpte. de ENTEL

  • Rpte. Laboral de ENTEL

  • Rpte. DITER

  • Rpte. Laboral de DITER

  • Ministro de Transportes y Comunicaciones

     

    Subsecretario de Comunicaciones.

    Director General de Telecomunicaciones

    Gerente General

    Secretario General de FESENTEL.

    Director de Telecomunicaciones RURAL

    Secretario General de FESTRE.

     

     

    ARTÍCULO 4.- Este Consejo por misión fijar parámetros, cronogramas, programas, y comisiones de trabajo, así como proponer las disposiciones legales correspondientes, para la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

     

    ARTÍCULO 5.- ENTEL, en coordinación con DITER, se hará cargo de la ejecución de los proyectes de desarrollo y modernización de la Dirección General de Telecomunicaciones Rurales.

     

    La fiscalización de estos planes y proyectos se ejecutará de conformidad con lo prescrito en el artículo 12, incisos a), b) y e) de la Ley General de Telecomunicaciones.

     

    Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Transportes y Comunicaciones y de Planeamiento quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

     

    Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

     

    FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernandez Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Araníbar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Carlos Carvajal Nava, Quintin J. Mendoza, Luis Saucedo Justiniano, Guillermo Capobianco Rivera, Min. Educación y Cultura a.i. Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste F. de C.

    SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
    DECRETO SUPREMO Nº 690

    03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

    TEXTO DE CONSULTA
    Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
    Derechos Reservados © 2026

    |




    Nuestras Publicaciones




         
    Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
    Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
    Derechos Reservados © 2025
    Teléfono: (591-2) 2147937
    Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja