Pasar al contenido principal
Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 20397

LIC. JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA

REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Gobierno de la Nación asigna prioridad al desarrollo de los recursos geotérmicos como fuente de diversificación energética y de sustitución de hidrocarburos.

 

Que, el desarrollo de los recursos geotérmicos en el Departamento de Potosí es de importancia fundamental para la explotación del litio y el potasio destinada al incremento de exportaciones no tradicionales.

 

Que el programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Gobierno de Italia han aprobado la asignación de fondos de cooperación técnica no reembolsable para el estudio de factibilidad del proyecto Geotermico de Laguna Colorada, por $us. 1.880.000.- y $us. 5.350.000.-- respectivamente.

 

Que, es requisito previo para la efectivización de la asistencia Técnica del PNUD, la presupuestación correspondiente de los fondos comprometidos del Gobierno de Bolivia como aportes locales.

 

Que, es necesario dotar a la Institución responsable de los recursos financieros necesarios para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Gobierno de Bolivia, tratándose de un proyecto de fomento al desarrollo de recursos energéticos y de desarrollo regional.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Ministerio de Finanzas la asignación de fondos con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía e Hidrocarburos, para cubrir los costos de contraparte del estudio de factibilidad geotermoeléctrica de Laguna Colorada el equivalente en pesos bolivianos de 1.426.000.- dólares americanos de acuerdo al siguiente cronograma de desembolsos:

 

En agosto de 1984 el equivalente en pesos bolivianos de $us. 530.000.-

En enero de 1985 el equivalente en pesos bolivianos de $us. 638.000.-

En enero de 1986 el equivalente en pesos bolivianos de $us. 258.000.-

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Desígnase a la Empresa Nacional de Electricidad como organismo ejecutor.

 

ARTÍCULO TERCERO.- Los aportes locales complementarios para el estudio de factibilidad de Laguna Colorada serán cubiertos de la siguiente manera con fondos propios de cada una de las instituciones citadas:

 

  1. Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos por el equivalente en pesos bolivianos de $us. 862.000.- y en materiales de perforación por el equivalente de $us. 1.255.000.-

 

  1. Empresa Nacional de Electricidad por el equivalente en pesos bolivianos de $us. 259.100.-

 

  1. Corporación de Desarrollo de Potosí por el equivalente en pesos bolivianos de $us. 112.900.-

 

Quedan encargados de la ejecución del presente Decreto Supremo, los Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación, Finanzas y Energía e Hidrocarburos.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno a los diez días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Gustavo Fernandez Saavedra, Manuel Cárdenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Carlos Carvajal Nava, Horst Grebe López, Luis Saucedo Justiniano, Quintín Julio Mendoza H., Guillermo Capobianco Rivera, Min. Sec. Gral. de la Pres. Rep. a.i., Antonio Arnez Camacho, Jorge Agreda Valderrama.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2026

|




Nuestras Publicaciones




     
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
Derechos Reservados © 2025
Teléfono: (591-2) 2147937
Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja