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DECRETO SUPREMO N° 20394

LIC. JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA
REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana solicita el pago total de $bs. 727.016.136.- en favor de la Empresa Nacional de arroz, para la provisión de 14.377 quintales de arroz, con destino al racionamiento de vivieres al personal de dicha Institución, por la gestión de 1984.

 

Que el Artículo 9o. del Decreto Supremo No. 10709, de lº de enero de 1973, establece que las entidades estatales están obligadas a adquirir arroz directamente de la Empresa Nacional del Arroz, sin necesidad de convocar a propuestas.

 

Que en consecuencia, corresponde disponer que el Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, procede a la adquisición de arroz, artículo de primera necesidad, mediante la norma legal pertinente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Aeronáutica, el pago de ($b. 727.016.136) PESOS BOLIVIANOS SETECIENTOS VEINTISIETE MILLONES DIECISEIS MIL CIENTO TREINTA SEIS 00/100, en favor de la Empresa Nacional del Arroz, por la adquisición de 14.377 quintales de arroz segunda popular, con destino al racionamiento de víveres al personal dependiente de la Fuerza Aérea Boliviana, correspondiente a la gestión de 1984.

 

Esta erogación será con cargo al Presupuesto 1984, asignado a dicha Institución, Grupo: 300.- Materiales y Suministros Sub-grupo: 320.- Para usos varios, Partida 323.- Alimentos Intendenciales.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Aeronáutica y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Gustavo Fernandez Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Carlos Carvajal Nava, Quintin Julio Mendoza H., Luis Saucedo Justiniano, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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