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DECRETO SUPREMO N° 20393

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA
REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Gobierno de Bolivia y el Fondo de Cooperación Económica de Ultramar del Japón han suscrito, en 29 de octubre de 1975, el “ACUERDO DE PRESTAMO No. BV-1” destinado al proyecto caminero La Paz-Beni, sector Yucumo-Puerto Salinas y ramales, a cargo del Servicio Nacional de Caminos.

 

Que el crédito reconoce un saldo destinado a la adquisición de repuestos para el equipo caminero asignado a la obra, que debe ser desembolsado en la presente gestión según aprobación del FONDO.

 

Que los repuestos para los equipos camineros, en razón de su marca y procedencia, son importados con exclusividad por determinadas firmas comerciales legalmente establecidas en el país, siendo de aplicación los artículos 17 y 18 del decreto ley 15223 del 30 de diciembre de 1977.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al servicio Nacional de Caminos, adquirir directamente de las firmas importadoras con representación exclusiva en el país, mencionadas a continuación, los siguientes repuestos para equipo caminero, según respectivas cotizaciones a firme, con cargo a los recursos provenientes del “Acuerdo de Préstamo No. BV-1”, suscrito por el Gobierno de Bolivia con el O.E.C.F. del Japón:

 

DE : TOYOTA BOLIVIANA LTDA. VALOR CIF LA PAZ

YENES JAPONESES

 

Repuestos unidades Toyota FJ 40-45 9.188.505.-

Repuestos trituradora Nakayama GVP-820 3.488.000.-

Repuestos tractores Komatsu D65E-6 29.255.684.-

Repuestos tractores Komatsu D86E-12 58.792.122.-

Repuestos motoniveladora Komatsu GD-37-5H 11.764.078.-

Repuestos camión Hino KB-212 4.265.604.-

Repuestos camión Hino WA-211 3.064.299.-

Repuestos camión Hino ZM-842 2.206.155.-

Repuestos grupos electrógenos YTB-12T 693.313.-

Lote herramientas Komatsu 5.065.278.-

Transformador p/grupo electrógeno Tokio Denki EG100 186.000.-

 

TOTAL : ¥ 127.969.038.-

DE : SIDEC OVERSEAS S.A.

 

Repuestos camión Isuzu TXD40 ¥ 5.544.599.-

Repuestos camión Isuzu TXD50 2.677.225.-

Repuestos camión TXD72 isuzu 3.359.374.-

 

TOTAL : ¥ 11.581.198.-

 

DE : INTERNATIONAL MACHINERY CO. S.A.

( INTERMACO )

 

Repuestos mototraillas Caterpillar 521B ¥ 3.342.608.-

Repuestos cargador frontal 966C 8.644.392.-

 

TOTAL : ¥ 11.987,000.-

 

DE : URSIC MOTORS LTDA.

 

Repuestos cargador frontal

Kawasaki KSS-70 ¥ 4.936.801.-

 

DE : KANEMATSU GOSHO

 

Repuestos para compactadores Meiwa-VRA - 120 ¥ 2.315.358.-

 

DE : COMERCIAL INDUSTRIAL BOLIVIANA S.A. CIBO

 

Repuestos camión Nissan Diesel CK 30 DDL. ¥ 9.610.771.50

 

TOTAL ADQUISICIONES 168.400.166.50

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Director Ejecutivo del Servicio Nacional de Caminos suscribirán con los representantes legales de las firmas importadoras, los correspondientes contratos con intervención de la Fiscalía de Gobierno y la refrenda del señor Contralor General de la República, con las cláusulas y garantías señaladas por ley.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Oscar Bonifaz Gutierrez, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Javier Torrez Goitia, Carlos Carvajal Nava, Quintín Julio Mendoza, Luis Saucedo Justiniano, Guillermo Capobianco Rivera, Min. Sec. Gral. de la Pres. de la Rep. a.i., Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Horst Grebe López.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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