TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 3453

LEY Nº 172

LEY DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 2011

 

ALVARO GARCIA LINERA

PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

 

D E C R E T A :

 

Artículo 1. Declárase como Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional, a la Fiesta de San Ignacio de Moxos, celebrada cada 31 de julio, en la localidad de San Ignacio de Moxos, Provincia Moxos, Departamento del Beni. Siendo una prioridad nacional la preservación y promoción de sus ritos, danzas, vestimentas, música y demás expresiones culturales propias de esta festividad.

 

Artículo 2. La Gobernación del Departamento del Beni, Sub-Gobernación de Moxos, Corregimiento, Gobierno Municipal de San Ignacio de Moxos, Gran Cabildo Indígena de San Ignacio de Moxos, quedan encargados de su cumplimiento, organización, preservación, promoción y difusión.

 

Artículo 3. Se encomienda al Órgano Ejecutivo, la gestión y posterior asignación de los recursos técnicos y económicos necesarios, para la conservación y la difusión de la Fiesta Mayor de San Ignacio de Moxos “Ichapakene Piesta Vijaremu’u”.

 

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil once.

 

Fdo. René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique Arce Zaconeta. Zonia Guardia Melgar, Jeanne Añez Chávez, Agripina Ramírez Nava, Ángel David Cortes Villegas

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de septiembre de dos mil once años.

 

FDO. ALVARO GARCIA LINERA, Carlos Romero Bonifaz, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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