DECRETO SUPREMO Nº 12131
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, evaluada la ejecución presupuestaria de la Corporación Regional de Desarrollo del Noroeste (CORDENO) por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, al 31 de Julio de la presente gestión fiscal, se ha constatado la necesidad de regularizar sus actuales disponibilidades económicas en forma y condiciones que se ajusten a las nuevas modalidades emergentes de la inclusión de 21 Proyectos de prioridad que incidirán en la construcción caminos y puentes en el Departamento de Pando, cuya reprogramación se impone a través de un Presupuesto Reformulado con cargo a recursos apropiados originalmente en el Presupuesto Consolidado del Sector Público vigente.
Que, es deber del Supremo Gobierno adoptar las medidas económicas más aconsejables al cumplimiento de los superiores intereses del Estado en función del Desarrollo Nacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Apruébase el Presupuesto Reformulado de la Corporación Regional de Desarrollo del Noroeste con cargo a recursos originalmente aprobados en el Presupuesto Consolidado del Sector Público, para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1974, por la suma de VEINTIUN MILONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.-- 21.289.600.-), de acuerdo al siguiente detalle:
I N G R E S O S ( En Pesos Bolivianos) 05- FINANCIAMENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS: Código F u e n te P R E S U P U E S T O 1 9 7 3 1 9 7 4 I NACIONALES 21.035.000.- 21.289.600.- 2.- Recursos Propios 14.535.000.- 17.837.600.- 4.- TRANSFERENCIAS - 252.000.- DE LA ADMINISTRACION CENTRAL - 252.000.- 2.-MINISTERIO DE ESTADO - 252.000.- Ministerio de Planeamiento y Coordinación de la Presiden cia de la República (Secreta ría del Consejo Nacional de Consejo Nacional de Econo mía y Planificación) - 252.000.- 5- OTROS 6.500.000.- 3.200.000- 5.2 Saldo Gestión Anterior 6.500.000.- 3.200.000.- T o t a l e s: 21.035.000.- 21.289.600.- E G R E S O S ( En Pesos Bolivianos) 07.- RECURSOS APROPIADOS POR CAPITULOS Y PROGRAMAS: Código D e s c r i p c i ó n P R E S U P U E S T O 1 9 7 3 1 9 7 4 I FUNCIONAMIENTO 3.161.100.- 3.446.400.- 01 Administración General 2.988.800.- 3.398.900.- Deuda Pública 124.800.- - 02 Transferencias Corrientes 47.500.- 47.500.- II INVERSION 17.873.900.- 17.843.200.- 03 Construcciones 8.572.600.- 9.762.000.- 04 Equipamiento 8.218.400.- 5.802.500.- 05 Agua Potable 1.082.900.- 750.000.- 06 Electrificación - 1.099.700.- 07 Estudios y Proyectos - 42.000.- T o t a l e s: 21.035.000.- 21.289.600.- 09.- CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO: Presupuesto Código D e s c r i p c i ó n Adicional 1 9 7 4 100 SERVICIOS PERSONALES 2.449.700.- 110 EMPLEADOS PERMANENTES 2.145.500.- 111 Haberes Básicos 363.000.- 112 Categorías 78.900.- 113 Bonos 1.418.400.- 115 Aguinaldos 265.200.- 116 Asignaciones Familiares 20.000.- 140 PREVISION SOCIAL 304.200.- 141 Caja Nacional de Seguridad Social 278.100.- 142 Consejo Nacional de Vivienda 26.100.- 200 SERVICIOS NO PERSONALES 655.200.- 210 COMUNICACIONES Y SERVICIOS PUBLICOS 8.500.- 211 Correos, Cables, Telégrafos 8.500.- 220 PUBLICIDAD E IMPRENTA 33.000.- 221 Publicidad 26.000.- 222 Imprenta 7.000.- 230 TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE 75.000.- 231 Gastos por Pasajes 30.000.- 232 Viáticos 40.000.- 233 Fletes y Almacenamiento 5.000.- 250 ALQUILERES 7.200.- 251 Edificios y Terrenos 7.200.- 260 MANTENIMIENTO Y REPARACIONES 11.500.- 261 Edificios 3.000.- 262 Equipo 8.500.- 270 SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES 470.000.- 271 Honorarios 19.600.- 272 Servicios Médicos, Sanitarios y Sociales 10.000.- 273 Estudios, Investigaciones y Proyectos 440.400.- 290 OTROS SERVICIOS NO PERSONALES 50.000.- 291 Asignaciones Globales 50.000.- 300 MATERIALES Y SUMINISTROS 473.000.- 310 SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICACIONES 55.000.- 311 Papelería 40.000.- 312 Publicaciones 5.000.- 313 Suministros Varios de Oficina 10.000.- 320 SUMINISTROS GENERALES 18.000.- 321 Materiales para Limpieza y Usos Domésticos 4.000.- 323 Textiles 2.000.- 324 Alimentos 12.000.- 330 SUMINISTROS PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO 400.000.- 331 Lubricantes y Combustibles 300.000.- 332 Accesorios y Repuestos para Maquinaria y Equipo 100.000.- 400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 17.464.200.- 410 INMOBILIARIOS 11.611.700.- 413 Construcción de Edificios 400.000.- 415 Construcción de Caminos y Puentes 7.330.000.- 417 Obras Urbanísticas 1.882.000.- 418 Abras Hidráulicas y Sanitarias 1.849.700.- 419 Obras Agropecuarias 150.000.- 430 MAQUINARIA Y EQUIPO 5.852.500.- 431 Equipo de Oficina y Muebles 50.000.- 433 Equipo de Transporte, Tracción y Elevación 4.498.700.- 440 Otra Maquinaria y Equipo 1.303.800.- 600 RESERVAS 200.000.- 620 RESERVAS SOCIALES 200.000.- 621 Reservas para Beneficios Sociales 200.000.- 700 TRANSFERENCIAS 47.500.- 710 TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PRIVADO 47.500.- 711 Pensiones, Donaciones y Premios 47.500.- T o t a l: 21.289.600.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación de la Presidencia de la República, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alerto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.